Buen dia- tengo declaratoria en una sucesión y tendría que inscribir un auto y un inmueble.- Por el inmueble no hay problema porque lo hice muchas veces, el tema es con el auto ya que nunca hice una inscripción.- Lo primero que quería consultar es cuanto se pagar de tasa por el auto, de donde saco la valuación y por ultimo si alguien tendrá un testimonio como ejemplo. Es en Capital Federal, Muchas gracias .-
como pauta>
“Buenos Aires, de de 2013.-
Con carácter previo a la inscripción de los bienes
integrantes del acervo hereditario deberá abonar la tasa de justicia.-
A efectos de inscribir automotores, u otros bienes
muebles registrales también se deberán acompañar los informes
registrales, el título de propiedad, la valuación del bien y si se
encuentra registrado en esta ciudad la constancia de inexistencia de
deuda de patentes, dando cumplimiento con el art.20 decreto-ley
6582/58, agregado por art.5 de la ley 25.345 y art. 78 bis de la ley
1010 del GCBA.-..."
"Buenos Aires, de de 2016. Hágase saber que, en caso de existir automotores, al momento de solicitar la inscripción y a fin de evitar la remisión al Fisco, podrá acreditarse la valuación de los mismos acompañando copia de la Tabla de Valuación de Automotores aprobada por la Dirección Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios disponible en el sitio http://www.dnrpa.gov.ar.-
Hágase saber que en los oficios y testimonios de inscripción de inmuebles y automotores, deberán consignarse los siguientes datos de los herederos: nacionalidad, fecha de nacimiento, domicilio, D.N.I., CUIL/CUIT, estado civil y datos filiatorios, los cuales deberán ser denunciados en el expediente.-..."

