estimados; tengo que solicitar la nulidad de un testamento otorgado por escritura pública. El testamento es otorgado por la curadora del incapaz de hecho absoluto ( se firmó antes del 2015) además de ser hecho en forma recíproca. Se inicio la sucesión testamentaria, quería consultar si la nulidad tramita por incidente o por juicio aparte? y si tienen jurisprudencia. Desde ya muchas gracias, Saludos!
Entiendo que, el testamento, es un acto personalísimo, por lo tanto, no puede la curadora testar por el incapaz y, a su vez, esté, si su incapacidad es intelectual, sólo lo podría hacer en intervalos lúcidos. Por otra parte, la reciprocidad, en los testamentos, es motivo de nulidad de los mismos.
Deberás tener en cuenta, a su vez, que, lo relacionado con las formas y capacidad para testar, se rige por el Cód. vigente a la fecha del acto. En cuanto a todo lo demás, se rige por el Cód. vigente a la fecha del fallecimiento del testador.
Correspondería promover la nulidad, como incidente, por ante el mismo Juzgado del sucesorio.
