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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1203945  por astur
 
Consulta, comienzo ejecucion de sentencia por reajuste.
Presento liquidacion de Blue Corp.
El juez le da 20 dias a Anses para responder.
Responde, oponiendo excepcion de pago, que el juez rechaza in limine. (dice que esta pagando mensualmente)
Impugna liquidacion, que se da traslado por cinco dias.
No hace ninguna liquidacion, solo habla de topes , confiscatoriedad, impuesto a las ganancias, nada concreto, hace reserva de ampliar y caso federal.
Entiendo que deberia presentar un escrito, solicitando que como Anses, no presento una liquidadacion y una consigancion del monto que considera corresponder, se siga adelante con la ejecucion, trabandose embargo en su cuenta del Banco Nacion nrooo (??), es asi?
O es distinto el procedimiento de ejecucion?
Gracias.
 #1203948  por lucky
 
1) Contestá el traslado de la impugnación de la liquidación. Rechazá todo porque ANSES utiliza siempre los argumentos cuando generalmente no tienen nada que ver con el caso en concreto.
2) En ese mismo escrito pedís se apruebe la liquidación, se los cite de venta y se los intime al pago dentro del plazo que establezca el juez, bajo apercibimiento de continuar la ejecución.
3) La liquidación casi seguro te la aprueban, y Anses va a apelar esa resolución (que debería ser concedida con efecto diferido aunque hay algún juzgado que envía el expte a Cámara).
4) Cuando venza el plazo que el juez les dio para pagar, y no lo hayan hecho, pedís embargo. Los van a intimar un par de veces más pero seguí insistiendo con el embargo hasta que te lo otorguen.
 #1204008  por CARAGONES
 
Buenos dias. les queria consultar lo siguiente mi madre tiene sentencia de reajuste por la pension q cobra de mi padre, de la Corte desde el año 2007, es decir firme. Tramito por el juzgado de seguridad social num 4º. Estoy a mucha distancia de la sucursal del anses donde tramita asi q solo puedo hacer un seguimiento via web. Lo ultimo que veo es que esta en "leyes especiales" y en espera de la digitalización del expte de mi padre.
Son muchos años en espera de liquidación, según me dice la abogada que siguio el caso que no inicia ejecución porque ese juzgado no embarga al ANSES.
que puedo hacer? alguna idea :roll:
 #1204011  por lucky
 
Si desde el 2007 está firme la sentencia, la que debió hacer algo es la abogada.
Tiene que hablarlo con ella para ver lo que hizo porque, si nunca inició la ejecución de la sentencia, pudo haber operado el plazo de prescripción de la misma y volverse inexigible (el plazo genérico era de 10 años en el anterior código civil y hoy en día es de 5 años en el nuevo código).
 #1204040  por astur
 
lucky escribió: Mié, 04 Jul 2018, 16:58 1) Contestá el traslado de la impugnación de la liquidación. Rechazá todo porque ANSES utiliza siempre los argumentos cuando generalmente no tienen nada que ver con el caso en concreto.
2) En ese mismo escrito pedís se apruebe la liquidación, se los cite de venta y se los intime al pago dentro del plazo que establezca el juez, bajo apercibimiento de continuar la ejecución.
3) La liquidación casi seguro te la aprueban, y Anses va a apelar esa resolución (que debería ser concedida con efecto diferido aunque hay algún juzgado que envía el expte a Cámara).
4) Cuando venza el plazo que el juez les dio para pagar, y no lo hayan hecho, pedís embargo. Los van a intimar un par de veces más pero seguí insistiendo con el embargo hasta que te lo otorguen.
Lucky, muchas gracias!!! claridad absoluta
 #1204069  por CARAGONES
 
lucky escribió: Jue, 05 Jul 2018, 13:35 Si desde el 2007 está firme la sentencia, la que debió hacer algo es la abogada.
Tiene que hablarlo con ella para ver lo que hizo porque, si nunca inició la ejecución de la sentencia, pudo haber operado el plazo de prescripción de la misma y volverse inexigible (el plazo genérico era de 10 años en el anterior código civil y hoy en día es de 5 años en el nuevo código).
Ella me dijo que no inicio ejecución de sentencia porque no servía de nada teniendo en cuenta que ese juzgado no embarga. Ahora si el expediente esta en sede administrativa, pasando por las distintas dependencias del ANSES, no estaria suspendido el plazo de la prewscripción?
 #1234158  por anis
 
Hola, consulta en Anses si esta notificada la sentencia. Tienen que llevar el oficio a Paseo Colon 329 para que Anses la liquide