Hola colegas,
Concilié un caso en SECLO con un banco. La fecha del pago del acuerdo era el 14 de junio. Llegamos a la audiencia y viene una piba a dar la cara y a decir que el banco no le mando los cheques. Le pedimos a la conciliadora que deje asentado que no se paga y ese motivo.
Seguimos hablando con los bogas del banco a ver si conseguian los cheques. Los prometieron para este lunes. Los tienen, peeeero, los cruzaron todos (se pacto que eran cheques sin cruzar y el banco viene con mucha desprolijidad).
Supuestamente, cambiarán el cheque por uno sin cruzar (para nuestra clienta, nosotros ya no queremos discutir más) porque la van a matar con el impuesto al cheque.
El tema es que la demora iniciar y esta, genera intereses moratorios que se pactaron. Les pedimos que nos los paguen ahora, pero nos dijeron que se pagan si hay ejecución.
Mi clienta decidió esperar a ver si el viernes le pagan el capital y luego ejecutaremos los intereses. O sea priorizó cobrar rápido la mayor cantidad de dinero y después dejar los intereses para un mejor momento.
La idea que tengo es que haga un recibo de cobro del capital con reserva de reclamar intereses y luego ir a pedir la ejecución de intereses (que son muy altos porque el capital lo es también) al juzgado laboral.
¿cómo lo ven? ¿es factible ir a ejecutar esos intereses punitorios (desde la mora, automatica, que se produjo el 14/6 más la actualización del capital usando ese recibo?
Realmente sé que lo ideal es ir y ejecutar, pero mi clienta necesita el dinero ya.
Aguardo sus comentarios
Gracias,
Gabriela
Concilié un caso en SECLO con un banco. La fecha del pago del acuerdo era el 14 de junio. Llegamos a la audiencia y viene una piba a dar la cara y a decir que el banco no le mando los cheques. Le pedimos a la conciliadora que deje asentado que no se paga y ese motivo.
Seguimos hablando con los bogas del banco a ver si conseguian los cheques. Los prometieron para este lunes. Los tienen, peeeero, los cruzaron todos (se pacto que eran cheques sin cruzar y el banco viene con mucha desprolijidad).
Supuestamente, cambiarán el cheque por uno sin cruzar (para nuestra clienta, nosotros ya no queremos discutir más) porque la van a matar con el impuesto al cheque.
El tema es que la demora iniciar y esta, genera intereses moratorios que se pactaron. Les pedimos que nos los paguen ahora, pero nos dijeron que se pagan si hay ejecución.
Mi clienta decidió esperar a ver si el viernes le pagan el capital y luego ejecutaremos los intereses. O sea priorizó cobrar rápido la mayor cantidad de dinero y después dejar los intereses para un mejor momento.
La idea que tengo es que haga un recibo de cobro del capital con reserva de reclamar intereses y luego ir a pedir la ejecución de intereses (que son muy altos porque el capital lo es también) al juzgado laboral.
¿cómo lo ven? ¿es factible ir a ejecutar esos intereses punitorios (desde la mora, automatica, que se produjo el 14/6 más la actualización del capital usando ese recibo?
Realmente sé que lo ideal es ir y ejecutar, pero mi clienta necesita el dinero ya.
Aguardo sus comentarios
Gracias,
Gabriela