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 #1204177  por Villaezeabog
 
Buenas tardes colegas! Les escribo xq me llego un caso a mi estudio en el cual mi cliente fue embargado por una deuda a una financiera en un total de $85.000. Mi duda es a pasos son los q tengo q seguir ya q su empleador comenzo con las retenciones pero sin tener en cuenta el decreto 484/87 ..Retribuciones superiores al doble del SALARIO MINIMO VITAL mensual, hasta el veinte por ciento (20%) del importe que excediere de este último.
En este caso mi cliente tiene de sueldo bruto 31.500, teniendo en cuenta q el SMVM es de $9500 la cuenta seria asi:
$31500-$9500=$ 2200 -20% = 4400

Seria asi???
GRACIASS
 #1204178  por Villaezeabog
 
Villaezeabog escribió: Dom, 08 Jul 2018, 15:23 Buenas tardes colegas! Les escribo xq me llego un caso a mi estudio en el cual mi cliente fue embargado por una deuda a una financiera en un total de $85.000. Mi duda es a pasos son los q tengo q seguir ya q su empleador comenzo con las retenciones pero sin tener en cuenta el decreto 484/87 ..Retribuciones superiores al doble del SALARIO MINIMO VITAL mensual, hasta el veinte por ciento (20%) del importe que excediere de este último.
En este caso mi cliente tiene de sueldo bruto 31.500, teniendo en cuenta q el SMVM es de $9500 la cuenta seria asi:
$31500-$9500=$ 22000 -20% = 4400

Seria asi???
GRACIASS
 #1204181  por legalescom
 
Tengo entendido que: "Desde julio de 2018 y hasta la próxima actualización, el valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) será de $10.000".-