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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1201980  por Lionel Hutz
 
Hola colegas. Quería consultar respecto a cómo se procede con una trabajadora que cumplió los 65 años. Hasta la entrada en vigencia de la nueva ley que reformó la LCT, siempre intimábamos a que inicie los trámites jubilatorios. Sin embargo, el nuevo artículo 252 parece decir algo distinto. Hay que esperar a los 70 para notificar en el caso de una mujer? Es así? Gracias por la ayuda!
 #1201986  por DrNovatoArgentino
 
Mira en instituciones bancarias serias al personal que tienen por jubilar a los 65 pirulos le ofrecen 5 años de laburo mas opcional que queda a decisión del empleado por su labor eficiente así es la nueva ley opcional.
 #1204331  por claumari
 
Pero como no esta reglamentado yo le mandaria la intimacion si ya sabes que esta haciendo el tramite jubilatorio u ofreciendo los certificados para iniciarlo.En todo caso te dira que no piensa jubilarse
 #1204360  por profesional
 
Justo estube leyendo ese tema.
La reglamentación de la ley q modifica el art. 252 LCT es la 110/2018
Por lo que tengo entendido no podrá intimar el empleador hasta que no cumpla los 70 años.
Igual creo que aconsejaría hacer lo que dice claumari, cdo mucho te dirá que sigue trabajando