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  • ACCIDENTES DE TRANSITO

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 #1204438  por FEDERICOJRABOGADO
 
BUENAS COLEGAS, LES AGRADECERÍA MUCHO SU AYUDA CON LOS SIGUIENTES CASOS YA QUE SOY RECIÉN COMENZADO EN LA PROFESIÓN.

1- Mi primer caso es de una menor que transitaba por la ruta (sin carnet, ni seguro) en una moto, una camioneta que venia adelante quiere doblar hacia la ciudad en contramano y la moto lo lleva por delante, produciéndose roturas en la moto, a la hora de la exposición policial el señor de la camioneta da mal el nombre de las calles y dice que no cuenta con seguro, y que el no conocía la ciudad por ser de Bs As, ya que el venia a hacer la inscripción de la transferencia en corrientes.
La pregunta es Como podría accionar, cuales serian los pasos, teniendo en cuenta que no es de acá y no contaba con seguro.

El segundo caso, es de un hombre mayor que iba en moto y un auto lo choca de costado, se producen varias roturas de la moto. El hombre de la moto no contaba con seguro ni carnet, y la mujer del auto tenia todos los papeles en regla. En este caso ¿tendría que hablar con la mujer y pedirle todos los datos del seguro y arreglar con ellos directamente?

Desde ya les agradezco que se hayan tomado la molestia de leer todo y cualquier ayuda me vendría bien saludos.
 #1243987  por elpabli7o
 
En el primer caso: La culpa aparentemente y en razon del relato vertido, corresponde al hombre de la camioneta. Es el culpable, por circular en contramano y por la presuncion de que en el sinietro hay una diferencia de porte entre los vehiculos, hasta ahi todo bien, la accion la tenes, el hecho lo probas con el acta de choque labrada en sede policial, si vas por el damnificado, el de la moto. El tema es obtener la indemnizacion, el hombre vive en corriente y no tiene seguro. Lo que te quedaria es ir contra los bienes del señor de la camioneta, o el sueldo, por medio de un embargo. Si los daños materiales son mayores y si hay lesiones graves con incapacidad, iniciaria demanda, si no, no tomaria el caso porque es mucho trabajo por poca monta, salvo que sea familia jaja. Saludos
En el segundo caso: el no contar con seguro ni carnet es una falta contravencional, te podran retener el vehiculo hasta que no pagues la multa. Si hay acta de choque, no se hace, pero se suele hacer para que las cia de seguro den tramite al reclamo, colocar en el acta alguien que tenga licencia. En el caso que no haya sido asi, hay un plan b, que consite en argumentar ante la cia de aseguro, cuando hacemos el reclamo extrajudicial, que la falta de carnet no demuestra la idoneidad en la conduccion del vehiculo sino la habilitacion para poder circular.