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  • admonistracion de consorcio

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #1204699  por hammer226
 
Buen dia .... mi nombre es gustavo, vivo en un edificio antiguo que consta de PB y 1º piso, en total 6 dptos. Hace 5 años vivo en esta propiedad, cuando me mude me informo una vecina que habia expensa pero que nadie paga hace varios años, pero que el consorcio esta formado pero nadie se hace cargo y nadie paga.
hace 2 años con nuevos vecinos se decidio entre nosotros juntar $$ para arreglar cosas que hacian falta en el edificio. En eso una propietaria dijo que eela asi nomas no va dar un $$, que hay que formar nuevamente el consorcio. Empezamos con el tema de averiguar y se formo nuevamete el consorcio con un administrador. Pasados 4 meses esta señora empezo a mandar carta documento al consorcio intimando a que se le arregle el techo de su propiedad porque hace 30 años que tiene filtraciones (si 30 años). Siguio mandando carta documento directamente a la administradora intimandola o la iba denunciar. La administradora se ve que se asusto y renuncio. Ahora el el puesto esta vacante y la señora quiere que se tome otro administrador, los otros 5 propietarios estamos de acuero en juntar entre nosotros $$ para arreglar lo que haga falta en el edificio. La señora mando carta documento a todos los propietarios informado de una convocatoria asamblea ordinaria para designar un nuevo administrador (puede hacerlo porque tiene mas del 5%)
Si alguien pudiera ayudarnos a como proceder, los otros 5 dptos no queremos otro administrador porque esta señora lo unico que pretende es una figura legal para empezar otra vez con sus reclamos. Es cierto que el consorcio bede hacerce cargo del techo, pero la señora no entiede que no hay fondos suficientes y tampoco quiere esperar a que se junte el $$, ella quiere que se le arregle yaa las filtraciones.
Espero alguien pueda ayudarnos a como proceder, la verdad esta señora no esta bien del coco me parece porque un dia dice una cosa y al otro dia hace otra.
Muchas gracias .
 #1205354  por TORINo77
 
Gustavo: acá hay varios temas. Los voy a separar y a tratar de a uno para que se entienda un poco la respuesta.
En tendiendo que por "...El Consorcio está formado...", tenes un edificio afectado a propiedad horizontal, inscripto como tal y con un Reglamento de copropiedad y Administracion inscripto ante el Registro de la Propiedad Inmueble.
1) En el Reglamento dice cómo debe convocarse a Asamblea de Propietarios, que son los únicos que pueden votar en Asamblea, es decir sólo aquellos que tienen su escritura pueden convocar a Asamblea, la cual debe decidir a quién designan Administrador de Consorcio. Sin perjuicio de ello, debés tener en cuenta que el Reglamento podría estar desactualizado, ya que hace poco se derogó el Codigo Civil y se puso en vigencia el Codigo Civil y Comercial, el que contiene nuevas estipulaciones para los edificios en propiedad horizontal las cuales hay que cumplir.
2) Tenés que entender que es OBLIGATORIO que haya un administrador de Consorcio, la ley no da una sugerencia, obliga a designar un Administrador de Consorcio, que es el representante legal del Consorcio. Es la letra de la ley.
3) si hace 30 años que un Consorcista tiene filtraciones y no se hace cargo el Consorcio, debo confesarte que considero muy afortunados a todos, ya que yo en lugar de la Sra, intimo al Consorcio, y si no lo hacen, lo hago yo, y le paso una factura al Consorcio de la que no se van a olvidar jamás, y sino me lo reconocen, encima le inicio proceso judicial por Daños y Perjuicios, y ahí agárrense...me quedo con el edificio.
El techo es un espacio común y debe hacerse la reparación del mismo, por parte del Consorcio en caso de filtraciones.
4) La Señora el coco lo tiene bien y bastante suerte tienen, ya que si esta mujer llegara a ir a ver a buen Abogado, van a tener un serio disgusto y les va salir muuuuucha guita, mucho más que la reparación del techo. Esta mujer tiene razón , el Consorcio debe hacerse cargo de la reparación de las filtraciones. Y si no tienen plata para vivir ahí, deberán evaluar si no es conveniente, vender, ya que la solución no es que la mujer padezca filtraciones en su propiedad, se joda y ya está.
5) A mayor abundamiento, ya que no pagan las reparaciones que por ley están obligados, no pagan un Administrador, aunque más no sea, paguen la consulta con un Abogado especialista que les va a ratificar lo que les estoy diciendo y les va a proponer una estrategia para solucionar el conflicto.
Espero entiendan lo expuesto.
 #1231555  por CAMROTH
 
Buenas tardes, solicito me puedan orientar sobre el siguiente problema. Soy inquilina de un departamento de un edificio nuevos, pocos departamentos, con Consorcio ya conformado. Son 12 departamentos de los cuales viven 3 propietarios, el resto inquilinos. El problema es que esos tres propietarios se creen con derechos a realizar lo que quieran en sus departamentos provocando ruidos a toda hora. Uno es musicoterapeuta con lo cual atiende de 14 a 19 horas ( ultiliza instrumentos musicales para ejercer la actividad), la otra propietaria es repostera ( tiene maquinas batidoras de alta potencia que se escuchan a toda hora incluyendo sabados y domingos) y la tercer propiatario, fiestas todos los viernes de 20 en adelante, ademas de realizar trabajos de refacciones en el departamento (obra) los dias sabados y domingos incluidos. Ahora bien, nosotros como inquilinos solicitamos a la Administradora que por favor les indique un horario para realizar sus actividades, a lo cual nos respondio que no puede hacer nada por que son propietarios. Con que herramienta podemos contar nosotros para poder llevar una vida pacifica , y que almenos respeten los hoarios de descanzo. Agradecería nos den una orientacion, y que podemos hacer y exigir. Muchas gracis!!