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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1204801  por gisepont
 
Buenos días, les hago una consulta con un caso que me llegó de pensión directa. La señora inició la pensión de su marido fallecido, y la misma le fue denegada por no cumplir con los requisitos para ser aportante regular o irregular con derecho. El tema es que me viene a ver y ha pasado el plazo para apelar la denegatoria.
El caso en cuestión se trata de un señor de 46 años, con nueve años y cinco meses de aportes y no tiene un año dentro de los últimos cinco años anteriores al fallecimiento ni inscripción anterior. Estuve analizando opciones y pensé la posibilidad de plantear la cuestión de la proporcionalidad, tiene menos de 48 años, y si se saca la proporcionalidad respecto de los 30 años de aportes me da 17 años y 10 meses. Ahora bien, mis dudas son dos, este cálculo de proporcionalidad es para considerarse aportante regular, podría tomar la mitad para considerarlo aportante irregular con derecho, porque en ese caso con esos aportes llegaría bien? Y la segunda consulta, habiendo vencido el plazo para apelar, tendría que iniciar nuevamente la pensión pero solicitando en el formulario que se aplique la proporcionalidad? Cualquier aporte que me puedan realizar, va a ser de mucha ayuda! gracias!
 #1204806  por lucky
 
Para aplicar la proporcionalidad tenés que calcular si, entre los 18 años y la fecha de fallecimiento, aportó el 63,82% (sería aportante regular con derecho), o el 31,91% (irregular con derecho) de ese lapso laboral que Anses toma a los fines previsionales. En tu caso entraría en la segunda hipótesis.
Podés iniciar directamente la demanda si todavía no transcurrieron 90 días hábiles judiciales desde la notificación de la resolución denegatoria (art. 15 Ley 24463).
 #1204824  por gisepont
 
lucky escribió:Para aplicar la proporcionalidad tenés que calcular si, entre los 18 años y la fecha de fallecimiento, aportó el 63,82% (sería aportante regular con derecho), o el 31,91% (irregular con derecho) de ese lapso laboral que Anses toma a los fines previsionales. En tu caso entraría en la segunda hipótesis.
Podés iniciar directamente la demanda si todavía no transcurrieron 90 días hábiles judiciales desde la notificación de la resolución denegatoria (art. 15 Ley 24463).
Muchas gracias por tu respuesta!!! Ya pasó el tiempo para iniciar la demanda porque fue notificada en julio del año pasado. Tendría que iniciar nuevamente el expediente en Anses, como hay un expediente anterior denegado, mi duda es si tengo que tener algo más en cuenta al momento del inicio.
Muchas gracias!
 #1204828  por MARIO1943
 
gisepont escribió: Jue, 19 Jul 2018, 14:00
lucky escribió:Para aplicar la proporcionalidad tenés que calcular si, entre los 18 años y la fecha de fallecimiento, aportó el 63,82% (sería aportante regular con derecho), o el 31,91% (irregular con derecho) de ese lapso laboral que Anses toma a los fines previsionales. En tu caso entraría en la segunda hipótesis.
Podés iniciar directamente la demanda si todavía no transcurrieron 90 días hábiles judiciales desde la notificación de la resolución denegatoria (art. 15 Ley 24463).
Muchas gracias por tu respuesta!!! Ya pasó el tiempo para iniciar la demanda porque fue notificada en julio del año pasado. Tendría que iniciar nuevamente el expediente en Anses, como hay un expediente anterior denegado, mi duda es si tengo que tener algo más en cuenta al momento del inicio.
Muchas gracias!
PEDI REAPERTURA DEL EXPEDIENTE DENEGADO , POR NOTA SOLICITANDO SE APLIQUE EL FALLO PINTO C/ANSES, YA QUE REUNE EL 50% DE LA PROPORCIONALIDAD DE DICHO FALLO, ADJUNTADO PARA TAL EFECTO EL FALLO MENCIONADO, UNA VEZ DENEGADA NUEVAMENTE , A PARTIR D E ESA FECHA 90 DIAS COMO DICE LUCKY, PARA JUDICIARLO
 #1204865  por gisepont
 
MARIO1943 escribió:
gisepont escribió: Jue, 19 Jul 2018, 14:00
lucky escribió:Para aplicar la proporcionalidad tenés que calcular si, entre los 18 años y la fecha de fallecimiento, aportó el 63,82% (sería aportante regular con derecho), o el 31,91% (irregular con derecho) de ese lapso laboral que Anses toma a los fines previsionales. En tu caso entraría en la segunda hipótesis.
Podés iniciar directamente la demanda si todavía no transcurrieron 90 días hábiles judiciales desde la notificación de la resolución denegatoria (art. 15 Ley 24463).
Muchas gracias por tu respuesta!!! Ya pasó el tiempo para iniciar la demanda porque fue notificada en julio del año pasado. Tendría que iniciar nuevamente el expediente en Anses, como hay un expediente anterior denegado, mi duda es si tengo que tener algo más en cuenta al momento del inicio.
Muchas gracias!
PEDI REAPERTURA DEL EXPEDIENTE DENEGADO , POR NOTA SOLICITANDO SE APLIQUE EL FALLO PINTO C/ANSES, YA QUE REUNE EL 50% DE LA PROPORCIONALIDAD DE DICHO FALLO, ADJUNTADO PARA TAL EFECTO EL FALLO MENCIONADO, UNA VEZ DENEGADA NUEVAMENTE , A PARTIR D E ESA FECHA 90 DIAS COMO DICE LUCKY, PARA JUDICIARLO
Muchas gracias por la respuesta!!! No tenía claro como encararlo ya habiendo sido denegado y estando vencidos los plazos. Les agradezco mucho la ayuda brindada.
Saludos!
 #1204953  por MARIO1943
 
alejandra01 escribió: Sab, 21 Jul 2018, 21:24 o iniciala de nuevo! es lo mismo...si hay otro expte igual te lo van a denegar y te sirve igual. :mrgreen:
SI, ES LO MISMO, PERO TENES QUE INICIAR TODO DE NUEVO, ADJUNTANDO NUEVAMENTE , PLANILLA DE INICIO PREVISIONALES, ACTA DE MATRIMONIO Y ACTA DE DEFUNSION, EN CAMBIO REAPERTURA, NO TENES QUE PRESENTAR ESTA DOCUMENTACION, SOLO LA QUE SE AGREGA AL EXPEDIENTE
 #1205010  por gisepont
 
Muchas gracias por las respuestas. Voy a pedir la reapertura para no tener que presentar toda la documentación nuevamente. Veremos que me responden sino apelaré a la CARRS y después iré a la justicia. Gracias nuevamente por los aportes!
 #1205013  por MARIO1943
 
gisepont escribió: Lun, 23 Jul 2018, 10:11 Muchas gracias por las respuestas. Voy a pedir la reapertura para no tener que presentar toda la documentación nuevamente. Veremos que me responden sino apelaré a la CARRS y después iré a la justicia. Gracias nuevamente por los aportes!
NO PIERDAS TIEMPO, ANSES TE LA VA A RECHAAR, NO VAYAS A LA CARS, YA QUE LA MISMA SE EXPIDIO EN CUANTO A LA PROPORCIONAL, TIENTE QUE TENER MENOS DE 47 ANOS Y LA PROPORCIONALIDAD ES EL 100% NO DEL 50% COMO EL CASO PINTO