No puedo encontrar los plazos que tiene el locatario para devolver el inmueble, ya sea cuando el contrato se venció y el locador lo reclama, o cuando la locación se resuelve por culpa de alguna de las partes.
Americanlife, a partir del art. 1493 C.C. tenés el contrato de locación.
Si está vencido, y el locador lo reclama, debería de entregarlo en el plazo concedido por este, no te olvides que estamos hablando de un convenio de partes y el plazo legal se supone que es al vencimiento.
Si hubo resolución del locador por incumplimiento del contrato por parte del inquilino (descarto que haya sido por parte del locador porque si no, no preguntarías plazo para dejar el inmueble) tenés que analizar si hay justa causa o no. Si la hubiere, el inquilino, debe dejar el inmueble al plazo acordado en la manifestación de resolución ( C/D ) puede quedarse, pero es su responsabilidad. Si no hubiere causa, puede desconocer la resolución unilateral del locatario y esperar el movimiento que haga este judicialmente y ahí defenderse.