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  • EXTRANJERA SOLICITA BENEFICIO CON MORATORIA

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1172841  por gabifrancou
 
BUENOS DÍAS. QUISIERA CONSULTARLES SI ES QUE ESTOY EN LO CIERTO CON EL CASO DE UNA EXTRANJERA URUGUAYA QUE QUIERE SOLICITAR BENEFICIO JUBILATORIO CON LA MORATORIA LEY 26970:
EN EL DNI LE FIGURA INGRESO AL PAIS 17/10/83 Y FECHA DE RADICACION 28/09/1984. ELLA PUEDE COMPRAR APORTES CON MORATORIA LEY 26970 HASTA DICIEMBRE DE 2003 ¿NO?. POR LO TANTO, SEGUN MIS CUENTAS SERIAN 20 AÑOS 2 MESES, POR LO QUE NO LE ALCANZARÍA PARA ACCEDER AL BENEFICIO.
OTRA CONSULTA ES SOBRE SI LA NUEVA DISPOSICIÓN SOBRE EXTRANJEROS QUE SOLICITEN O COBREN LA PUAM, DE PROBAR LA RESIDENCIA, SI ES APLICABLE TAMBIÉN PARA CASOS DE MORATORIA LEY 26970.
GRACIAS
 #1172926  por monicbea
 
hola gabifrancou efectivamente te toman no desde los 18 años sino desde la fecha que figura de ingreso al país. Pero ademas a los extranjeros les revisan mucho si los años que compras con moratoria estuvo efectivamente en el país o no, para eso o te piden copias del pasaporte o registro de migraciones con entradas y salidas. suerte
 #1173557  por MARCO82
 
Hola tengo la misma situación,
Sin embargo la persona ingresó al país en fecha 25/8/75 y tiene fecha de radicación el 04/9/84 (estos datos salen de su DNI). La cuestión sería, desde que fecha puedo usar la moratoria? Porque desde la radicación no llega pero desde el ingreso si.
Saludos
 #1173558  por lucky
 
La Circular 18/16 utiliza el concepto de "fecha de ingreso", y no el de "fecha de radicación". Debería ser la primera.
Pero esperá si alguno que inició últimamente a algún extranjero te aclara en cuál se fija Anses.
 #1205792  por drafrias
 
hoy no me tomaron una jubilación (parte con moratoria 26970) de una Sra. extranjera que en el DNI figura fecha de ingreso al país 02/1976, por dicen que ahora tienen obligación de consultar a la pagina de migraciones y si allí no surge el ingreso, hay que hacer el tramite en Migraciones y luego esperar que aparezca en el sistema. Todos los días una traba nueva :?: :oops:
 #1231981  por jesi
 
hola buen dia, una consulta ya hizo el trámite en migraciones? cuánto le tardó? costo?. gracias
 #1231995  por jesi
 
me pasarías eñ nº de circular en la que se basan para solicitar el certificado de ingreso al pais? tal vez ahi diga x q no toman lo que aparece en el dni.
 #1232002  por MARIO1943
 
jesi escribió: Mar, 11 Dic 2018, 15:30 me pasarías eñ nº de circular en la que se basan para solicitar el certificado de ingreso al pais? tal vez ahi diga x q no toman lo que aparece en el dni.
Verificación de datos radicación y tipo de residencia reemplaza a la circular DPA N° 24/17

Circular
DPA
29/17

25-10-2017

Buenos Aires, 25 de octubre de 2017 CIRCULAR DPA Nº 29/17 VERIFICACIÓN DE DATOS RADICACIÓN Y TIPO DE RESIDENCIA REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPA N° 24/17 Se informa que toda vez que se presente un extranjero con DU o Argentino naturalizado a tramitar un beneficio previsional, a excepción de los casos para la presentación de un derechohabiente de pensión, además de cumplir con lo requerido en la normativa vigente para la actualización de datos de radicación e ingreso al país, se debe verificar en la web de la Dirección Nacional de Migraciones - www.migraciones.gov.ar - si los datos fecha de ingreso al país, Tipo de Residencia (categoría obtenida) y Fecha de Radicación coinciden con los registrados en el DU/Certificado de Migraciones presentados y en ADP.

Se aclara que para los casos de argentinos naturalizados se deberá tener en cuenta que: 1. Si reúne la cantidad de años para acreditar la residencia legal considerando su fecha de naturalización, según la prestación solicitada, no se requerirá la consulta previa en la web de la Dirección Nacional de Migraciones ni la presentación de un CERMI.

2. Si no reúne la cantidad de años para acreditar la residencia legal considerando su fecha de naturalización, según la prestación solicitada y no se encontraran registradas su fecha de ingreso al país y radicación en la web de la Dirección Nacional de Migraciones, se requerirá la presentación de un CERMI.

Si los datos que surgen de la Aplicación de la DNM no coinciden con los que constan en el DU de un extranjero o CERMI, resultan dudosos o no existen antecedentes, se debe informar que debe concurrir a la Dirección Nacional de Migraciones y gestionar un Certificado de Radicación (Admisión) actualizado. A excepción de los casos considerados en el punto 1 para argentino naturalizado.

" Una vez presentado el Certificado de Radicación (Admisión) actualizado, se deberá verificar en la aplicación la existencia de un trámite SACER, de acuerdo a las especificaciones del Anexo adjunto.

Asimismo, en caso de que la información obrante en el Certificado mencionado no se corresponda con la del DNI del titular, se le debe indicar que previamente a concurrir a ANSES deberá actualizar su DNI. En ningún caso se iniciará el beneficio.

Finalmente, se aclara que la verificación se debe efectuar a través de los operadores que cuenten con las claves de acceso otorgadas para este fin y de acuerdo a las instrucciones que se adjuntan como Anexo I.

"
 #1232035  por jesi
 
muchisimas gracias!
 #1232039  por jesi
 
Segun la resolucion 29/2017 dice:
argentinos naturalizados se deberá tener en cuenta que:
1. Si reúne la cantidad de años para acreditar la residencia legal considerando su fecha de naturalización, según la prestación solicitada, no se requerirá la consulta previa en la web de la Dirección Nacional de Migraciones ni la presentación de un CERMI.
Alguno sabe cual seria la cantidad de años??
La duda surge porque ayer saque turno àra el certificado en migraciones, y me dieron fecha para el 27/ de mayo 2019. mi clienta ya tiene edad y años de servicio. Me parece mucha la espera.