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 #1206338  por lex30
 
Hola: les queria consultar lo siguiente. Tramite una sucesion en provincia, la cual ya esta terminada, retire el expte. Y lo tiene la escribania para escriturar en estos dias. La cuestion es que la escribana me pide el impuesto a la transferencia gratuita de bienes, cosa que no me la pidieron en el sucesorio. Digo, lo genero y se lo doy a la escribana sin presentarlo judicialmente? Ahora, tambien se me generan dudas en cuanto a la declaracion jurada. En este caso son 2 herederos, uno fallecio dps del 2011 y el otro antes, en fecha del acto pongo la del que fallecio dps del 2011 no? Y en cuanto a lo que hay que pagar seria el 50% de la valuacion dado que uno fallecio antes del 2011 no estaria eximida esa parte?
 #1206348  por legalescom
 
Entendería que, si el juzgado no te la pidió, no correspondería, ahora, tributarla.¿O es que el escribano, está haciendo, por tracto abreviado, una cesión gratuita o algo por el estilo?. En tal caso, tendría que generarla él.
 #1206364  por lex30
 
Hable con la escribana y me dijo que corresponde que la haga yo porque pertenece al sucesorio. Ya cargue todos los datos. Ahora, tengo que hacerla por el 50 % que seria la parte que fallecio dps del 2011, en este caso heredan 2 hijos y de un hijo fallecido la nuera y tres hijos, me pide que ponga los porcentajes de la transmision, me podria aclarar esto?
 #1206376  por legalescom
 
Exacto, hay que colocar el porcentual, que recibe cada uno de los herederos (1/3, o 1/4 o 1/5,etc.) y de ello, podrá depender que se tribute o no el impuesto a la I.T.G.B. o quede exento, debiéndolo decidir el juzgado. Se ve que, al juzgado, se le pasó requerírtelo, ya que se tribute o no, tal formulario, hay que completarlo, si o sí.
 #1206397  por lex30
 
Gracias! En este caso que planteo me podrian decir cuales son los porcentajes?
 #1206399  por legalescom
 
Depende. Hablas de dos herederos, supongo que te quisiste referir a dos causantes, además, no decís si el bien es propio o ganancial y cuántos y quienes son los herederos, como para determinar la proporción.
 #1206420  por lex30
 
Ok gracias. Resumo para que este mas claro.
La propiedad era de un matrimonio. Fallecen los dos. Se hace la sucesion y se inscribe a nombre de dos hermanos.
Fallece uno de esos hermanos que seria esta sucesion, el otro aun vive.
Este causante estaba casado y la mujer tambien fallecio ( sobre ella es la que tengo que hacer el itgb que es la unica que fallecio despues del 2011. Los herederos son 3 hijos, pero dado que uno habia fallecido heredaron la nuera y 3 nietos. Es decir herederos dos hijos, una nuera y 3 nietos.
 #1206427  por legalescom
 
Dijiste: "Este causante estaba casado y la mujer tambien fallecio ( sobre ella es la que tengo que hacer el itgb que es la unica que fallecio despues del 2011. Los herederos son 3 hijos, pero dado que uno habia fallecido heredaron la nuera y 3 nietos. Es decir herederos dos hijos, una nuera y 3 nietos".

Al fallecer el causante, que tenía, como bien propio, el 1/2 de la propiedad, a su mujer y los hijos, les correspondió 1/8 a cada uno, al fallecer la mujer, después del 2011, su 1/8, se divide entre sus 3 hijos, tocándoles a cada uno 1/24. Al fallecer uno de éstos, no dijiste, si antes o después de su madre, ni si antes o después del 2011, se divide su parte (1/24), por 4 (nuera y 3 nietos), tocándoles a cada uno 1/96 del total del bien.
 #1206499  por lex30
 
Gracias . Te comento lo que faltaba. El causante fallecio en el 1991, la mujer en el 2014 y el hijo en el 1998. Los porcentajes que me decis ejemplo 1.96 tendria que poner 196 no? Porque sino no me lo toma. Y lo otro que te pregunto rengo que dividir la valuacion en 1/8 que seia la parte de esta causante o solo el sistema lo hace?
 #1206503  por legalescom
 
Tengo confuso el tema, por cuanto, ignoro el bien a nombre de quién estaba, y quienes son los herederos primitivos del causante.
 #1206504  por legalescom
 
Sino, cortalo por lo sano y consultalo a un oficial de juzgado que, con los elementos a la vista, te sabrá decir, como se van dividiendo los porcentuales, en quebrados. Te reitero que, deberás separar, lo ganancial de lo propio, sobre todo al principio y excluir a la nuera, que no hereda, por no tener derecho de representación.
 #1206506  por legalescom
 
Ultimo intento, deberás tributar sobre el 1/2, que transmite el fallecido después del 2011. Sobre los que fallecieron antes, olvidate, como de los quebrados respectivos, ya que los va detallar el escribano.
 #1206507  por lex30
 
En el mje anterior, al que te conteste recien, me explicabas los porcentajes de todos pero lo que no es como convertir 1/96 por ejemplo
 #1206508  por legalescom
 
Los porcentajes, ya ni interesan, que los haga el escribano. De todos modos, mañana, te lo reduciré a quebrados menores.
 #1206531  por legalescom
 
A ver, ahora: al fallecer el causante, que tenía, como bien propio, el 1/2 de la propiedad, a su mujer y 3 hijos, les correspondió 1/8 a cada un (que es 1/2, dividido 4). al fallecer la mujer, después del 2011, su 1/8, se divide entre sus 3 hijos, tocándoles a cada uno 1/24. Al prefallecer uno de éstos, se divide su parte (1/24), entre sus 3 hijos, tocándoles a cada uno 1/72 del total del bien (la nuera no hereda, por eso, antes, puse 1/96).
Por las dudas, que haya agregado más gente, que la que corresponda, fijate acá https://es.wikihow.com/dividir-fraccion ... ero-entero