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  • Honorarios por tracto abreviado

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #136636  por Susana
 
Hola gente del foro!!!
Tengo una duda!
Una gente amiga, con las cuales se dio la posibilidad de llevarle la declaratoria de herederos. Hay muchos bienes en juego. Ellos no quieren abrir el sucesorio, sino ir disponiendo de los bienes según las necesidades, ir disponiendo por tracto abreviado. La pregunta es la siguiente, cuanto cobro de honorarios??? :roll: A medida que van solicitando la venta por tracto abreviado, tengo derecho a regulación de honorarios??? un porcentaje, que porcentaje???
Como se da en la práctica esta situación??? La verdad que me supera, siempre he tenido declaratorias sin bienes o lo sumo con bs de escasisimo valor.
Esta tarde les tengo que dar una respuesta!!!! necesito consejos!!!!!!!! :oops: :oops:

 #136670  por Susana
 
No hay alguien que me aconseje!!! :cry: gracias! :wink: :wink:
 #136731  por 123justicia
 
Susana escribió:Hola gente del foro!!!
Tengo una duda!
Una gente amiga, con las cuales se dio la posibilidad de llevarle la declaratoria de herederos. Hay muchos bienes en juego. Ellos no quieren abrir el sucesorio, sino ir disponiendo de los bienes según las necesidades, ir disponiendo por tracto abreviado. La pregunta es la siguiente, cuanto cobro de honorarios??? :roll: A medida que van solicitando la venta por tracto abreviado, tengo derecho a regulación de honorarios??? un porcentaje, que porcentaje???
Como se da en la práctica esta situación??? La verdad que me supera, siempre he tenido declaratorias sin bienes o lo sumo con bs de escasisimo valor.
Esta tarde les tengo que dar una respuesta!!!! necesito consejos!!!!!!!! :oops: :oops:

que significa llevarle la declaratoria de herederos?
hiciste la susecion, debo interpretar eso, pedi regulacion judicial de honorarios- :wink:

 #136758  por diegogvillamayor
 
a ver, que significa que no quieren abrir sucesorio?
si decis que ya tuviste varios casos asi por mas que sea por menor valor el proceso es el mismo y siempre se cobra % de los bienes.
minimo 10 % creo adecuado.
pero el resto que decis no se entiende, si no inicias la sucesion no podes hacer nada.
tracto o no tracto la sucesion la haces igual.

 #136896  por Susana
 
En cba el procedimiento es así:
Se inicia la declaratoria de herederos para que el Tribunal declare únicos y universales herederos del causante. Finalizado ese trámite, se solicita al tribunal una copia certificada del auto de declaratoria para "tracto abreviado", y luego a través de un escribano se pueden vender,ceder es decir, disponer como quieran de los bienes. Los honorarios varían, por una declaratoria está $1.500 y $2500 ( con gastos incluidos), más o menos. Después se cobra por el trámite del tracto, y ahí viene mi pregunta, cuanto es el porcentaje adecuado,???? :roll: Y si he tenido otras declaratorias, pero sin manifestación de bienes.-
Gracias por las respuestas!!! :wink:
 #870534  por mairap
 
Hola, se que han pasado ya cuatro aÑos desde q hiciste esta pregunta, pero me gustaria saber cuanto cobraste al final? Porque tengo un caso similar al tuyo. Gracias!