Buenas tardes foristas, tengo que iniciar una jubilacion con moratoria. La cliente aportó SDM que ahora no se requiere porque completa con exceso de edad, sin embargo debo respetar el cese como bien lei en el foro otros casos por lo que no aplicaré DDJJ. El tema es que al liquidar me surgen intereses en algunos períodos de SDM que no utilizaré repito, y no se si pagarlos o no. Y si los pago, si puedo enviar el plan y llevar los tickets de pago, entiendo el form 575/b y el 102/b pero deben ser los actuales? porque este SDM es del año 2010. Muchas gracias a todos por su ayuda
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