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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #120487  por sergiosky
 
me pasó lo siguiente: inicio demanda laboral, corro traslado, aun no me contestan demanda, me entero en el interín que esta empresa está en concurso... debo:
1) optar por el art. 21 inc. 1 LCQ (continuar con el proceso ante el juez de concurso).-
2) desistir y verificar credito.

entiendo que pronto pago no puedo solicitar porque los creditos son "controvertidos" en mi caso.
la otra duda es con el plazo de 2 años del art. 56 LCQ: si opto por continuar con el proceso ante el juez del concurso, y la demanda se demora 3 años o mas, y luego obtengo sentencia definitiva, puedo verificar tardidamente o prescribió?

 #120506  por MORGAN
 
Fijate que la modificación de la Ley de Concursos y Quiebras establece que la apertura del concurso no ejerce atracción de los juicios laborales, y respecto de la verificación tardía que decís tenés 6 meses para verificar el crédito desde la sentencia, no se aplica la prescripción de 2 años.

 #120688  por sergiosky
 
buenisimo, no estaba al tanto de esa reforma, jeje.