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  • DEMANDA ACCIDENTE DE TRANSITO - NOTIFICACION

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 #1206922  por rogelio1
 
Estimados, tengo una demanda por daños (accidente de transito sin lesiones) y ya metimos la mediacion con la aseguradora (Liderar) a fin de tener habilitada la via judicial (en la mediacion no participaron ni el conductor ni el titular)

La demanda va dirigida al conductor, dueño del vehiculo y aseguradora citada en garantia, mi duda pasa por la notificacion al conductor y al titular, los notifica el juzgado por cedula con el domicilio real?

y en caso que la rebote la cedula para ellos 2, como procederia? (con cd, etc)

Muchas gracias!
 #1206947  por abogado1987
 
rogelio1 escribió: Jue, 16 Ago 2018, 23:51 Estimados, tengo una demanda por daños (accidente de transito sin lesiones) y ya metimos la mediacion con la aseguradora (Liderar) a fin de tener habilitada la via judicial (en la mediacion no participaron ni el conductor ni el titular)

La demanda va dirigida al conductor, dueño del vehiculo y aseguradora citada en garantia, mi duda pasa por la notificacion al conductor y al titular, los notifica el juzgado por cedula con el domicilio real?

y en caso que la rebote la cedula para ellos 2, como procederia? (con cd, etc)

Muchas gracias!
entiendo que notificás vos en el domicilio real
 #1206950  por legalescom
 
¿Quién te dijo, que podrías soslayar la citación, a mediación, del titular del rodado, como de su conductor?. Cuanto mucho, podrías haber pasado por alto la citación a la aseguradora, pero nunca a los demandados principales. Si no ampliás vos, la mediación, contra ellos, te lo va a ordenar el juzgado.
 #1206954  por rogelio1
 
te hago la consulta porque mi cliente era representado por otro abogado y en la mediacion citaron solo a la aseguradora (no asi al titular y al conductor) y ya cerraron la via

no puedo presentar la demanda contra el titular, conductor y la asegurado a pesar de lo que menciono?

de antemano muchas gracias!
 #1207019  por imperiati1
 
Estas en Provincia?
En el codigo procesal de Prov. de Bs.As. no existe la "excepción de falta de mediación previa".
Cuanto mucho el juez puede meterte un "previo". Es decir, que previo a correr el traslado cumplas con la mediación.
Dicho ello, vamos ahora a tratar el tema de la mediación.
Es muy frecuente, en provincia de bs.as., que concurra a la mediación unicamente el abogado del seguro. Ello siempre y cuando manifieste en el acta que viene en representación de su asegurado y que el mediador tenga las notificaciones al titular del vehículo por CD, o el medio que utilice el mediador (oca, andreani). Así las cosas, la ley de mediación, faculta al mediador a cerrar el acta y dejar la vía expedita en caso de "imposibilidad de notificación ". En este apartado, las causales pueden ser varias pero tildando esa opción el mediador, puede cerrar el acta y podras demandar tranquilamente.

En cuanto a la demanda: NO SE PUEDE DEMANDAR UNICAMENTE A LA COMPAÑIA ASEGURADORA SIN TAMBIÉN CORRER TRASLADO DE LA ACCIÓN AL RESPONSABLE DEL DAÑO ILÍCITO.

En principio deberías de correr traslado a él, y será él quien traiga a juicio a su propia compañia aseguradora, previa solicitud de tu parte. Pues podría ocurrir que quisiera hacerse cargo el mismo del juicio, o bien, que no contara con seguro y/o lo tuviera vencido, etc.

Si una vez en juicio pretendes notificar solamente al seguro sin notificar al responsable titular del siniestro, incurrirías en un error ya no procesal sino civil y podrían plantearte la falta de legitimación pasiva. Lo mismo con el titular del vehículo y quien lo manejaba. Tendrás que citar a juicio sí o sí al titular del vehículo, pues el es responsable como dueño o guardian de la cosa riesgosa, y por sus dependientes (si quien lo manejara fuera un empleado).

Espero te haya servido.
 #1207057  por Rubito
 
Estimdos : traigo a colación que en una ocasión una colega demando solamente al titular registral ( que no era el conductor ), y la demanda avanzó sin problemas, en Santa Fe muchos abogados demandan al conductor y a la Cía. No mencionando al titular registral, que puede coincidir o no con la titularidad del vehiculo.