Hola Foristas, requiero de la ayuda de algun colega que se dedique a litigar con afip. Les cuento me llego un cliente que tenia una deuda con Afip, lo intimaron por mail, le informan inicio de demanda y que puede acogerse a un plan de pagos para que no se ejecute, la contadora presenta el plan de pagos, se abonan honorarios y aportes del abogado de afip y se continua a abonar, en febrero le llega el mandamiento de intimacion de pago y embargo y es ahi donde entro yo, preparo y presento una excepcion de pago y corro traslado y me informa la contadora que el abogado de afip le envia un mail en el que le dice que si no desistimos de la excepcion que esta mal opuesta porque el pago fue posterior va a trabar embargo sobre la cuenta del cliente por honorarios. La verdad no entiendo muy bien, pero si bien el pago fue posterior el cliente toma conocimiento con el primer mail donde le informar y lo intiman a abonar, el se acoge al plan de pagos y da cumplimiento a los honorarios y todo e igual le llega el mandamiento. Que debia hacer? esta bien o no la excepcion opuesta. y que hago ahora? porque por mas que yo desista el traslado ya se corrio y si desisto como quiere el abogado en que situacion continua ese proceso? por favor alguien que se dedique a esto y me oriente, estoy desesperada y perdon por mi ignorancia. Gracias desde ya a quien pueda darme una mano. saludos
made1805 escribió: ↑Vie, 16 Mar 2018, 13:29 Hola Foristas, requiero de la ayuda de algun colega que se dedique a litigar con afip. Les cuento me llego un cliente que tenia una deuda con Afip, lo intimaron por mail JAMÁS te avisan y menos por mail, le informan inicio de demanda Menos aún y que puede acogerse a un plan de pagos para que no se ejecute, la contadora presenta el plan de pagos, se abonan honorarios y aportes del abogado de afipSupongo que tendrás el VEP y se continua a abonar, en febrero le llega el mandamiento de intimacion de pago y embargo y es ahi donde entro yo, preparo y presento una excepcion de pago y corro traslado y me informa la contadora que el abogado de afip le envia un mail Los abogados representantes del fisco nacional tienen prohibido comunicarse por mail con los contribuyentes desde el 02/01/2018en el que le dice que si no desistimos de la excepcion que esta mal opuesta porque el pago fue posterior va a trabar embargo sobre la cuenta del cliente por honorariosPerdoname pero esto es un rollo total. La verdad no entiendo muy bien, pero si bien el pago fue posterior el cliente toma conocimiento con el primer mail donde le informar y lo intiman a abonar, el se acoge al plan de pagos y da cumplimiento a los honorarios Salvo honrosas excepciones, no se pueden liquidar/abonar honorarios hasta que se cumpla con TODO el plan de pagosy todo e igual le llega el mandamientoEl mandamiento llega SIEMPRE con la demanda. Que debia hacer? esta bien o no la excepcion opuestaEn realidad la excepcion no es de PAGO TOTAL o aclarando que hubo quita o espera ( como fue con el Plan Puente ) ya que tu cliente lo que hizo fue acogerse a un plan de pago. y que hago ahora? porque por mas que yo desista el traslado ya se corrio y si desisto como quiere el abogado en que situacion continua ese proceso? por favor alguien que se dedique a esto y me oriente, estoy desesperada y perdon por mi ignorancia. Gracias desde ya a quien pueda darme una mano. saludos