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  • Prescripción accidente de tránsito

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 #1208022  por ezequielrud
 
Colegas

Accidente de transito ocurrido en enero 2016, es decir hace más de dos años y durante la vigencia del anterior Código Civil. Teniendo en cuenta que ese mismo año entro en vigencia el nuevo código, que establece en vez de 2 , ahora 3 años para la prescripcion. Se podría aplicar este nuevo artículo y por lo tanto no considerarse prescripta la accion, sino hasta enero de 2019? Además hubo mediación previa, antes de cumplirse los dos años.
He oido opiniones diversas sobre el tema.
Gracias por el aporte.
 #1208024  por legalescom
 
Dice el Cód. Civ. y Com. en su:
Art. 2537.- Modificación de los plazos por ley posterior.
.......excepto que el plazo fijado por la ley antigua finalice antes que el nuevo plazo contado a partir de la vigencia de la nueva ley, en cuyo caso se mantiene el de la ley anterior.
Por lo tanto, de cuerdo a este artículo, estaria prescripta

Te queda aplicar, la ley de defensa al consumidor, en su:

Art. 50. Prescripción. Las acciones judiciales, las administrativas y las sanciones emergentes de la presente ley prescribirán en el término de tres (3) años (*). Cuando por otras leyes generales o especiales se fijen plazos de prescripción distintos del establecido precedentemente se estará al más favorable al consumidor o usuario. La prescripción se interrumpirá por la comisión de nuevas infracciones o por el inicio de las actuaciones administrativas o judiciales. (art. sustituido por Ley N° 26.361)
.
 #1208261  por Tuiti
 
ezequielrud escribió: Jue, 30 Ago 2018, 18:33 Colegas

Accidente de transito ocurrido en enero 2016, es decir hace más de dos años y durante la vigencia del anterior Código Civil. Teniendo en cuenta que ese mismo año entro en vigencia el nuevo código, que establece en vez de 2 , ahora 3 años para la prescripcion. Se podría aplicar este nuevo artículo y por lo tanto no considerarse prescripta la accion, sino hasta enero de 2019? Además hubo mediación previa, antes de cumplirse los dos años.
He oido opiniones diversas sobre el tema.
Gracias por el aporte.
Disculpen pero creo que la consulta arranca con un dato equivocado.
El nuevo CCyC entró en vigencia el 1º de Agosto de 2015, por lo tanto si el accidente ocurrió en el mes de Enero de 2016 ya fue durante la vigencia del nuevo CCyC y prescribe a los 3 años, en Enero de 2019.
 #1208325  por legalescom
 
Exacto Tuiti, el Código entró en vigencia el 1 de agosto de 2015 –inicialmente lo haría el 1 de enero de 2016, lo que fue modificado por la ley posterior a la del mismo Código.
 #1208349  por Tuiti
 
legalescom escribió: Mar, 04 Sep 2018, 09:55 Exacto Tuiti, el Código entró en vigencia el 1 de agosto de 2015 –inicialmente lo haría el 1 de enero de 2016, lo que fue modificado por la ley posterior a la del mismo Código.
Entonces la acción prescribe en 01/2019 ¿ o me equivoco ? *leo*