CONSULTA A LOS COLEGAS: En La Plata, el Juzgado de Faltas 2 que posee competencia delegada en materia de Defensa del Consumidor, antes de resolver la cuestión de fondo, dicta una medida cautelar. Cómo habría que recurrirla?. Con un recurso de apleación para que envíe lo actuado al fuero judicial y así habilitar la instancia ?Pregunto porque la ley aplicable 13.133 y la de aplicación supletoria 7647 y Ordenanza gral. 267, no mencionan este tema.
¿QUE MEDIDA CAUTELAR?
Y ¿CUAL ES EL PROBLEMA CON ESA MEDIDA?