Buenos dias colegas, tengo la presente duda.-
Se murió una trabajadora, y estamos conversando con el empleador para cobrar la indemnización del art. 248 LCT.-
Mi cliente es el hijo de la fallecida.-
El padre y marido de la causante es incapacitado.-
El abogado de la empresa pide la declaratoria de herederos, pero tengo entendido que no es necesaria en estos casos.-
Como efectivizo el cobro sin hacer juicio?
Mediante acuerdo espontaneo en el Seclo ?
Muchas gracias
Se murió una trabajadora, y estamos conversando con el empleador para cobrar la indemnización del art. 248 LCT.-
Mi cliente es el hijo de la fallecida.-
El padre y marido de la causante es incapacitado.-
El abogado de la empresa pide la declaratoria de herederos, pero tengo entendido que no es necesaria en estos casos.-
Como efectivizo el cobro sin hacer juicio?
Mediante acuerdo espontaneo en el Seclo ?
Muchas gracias