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  • PUAM DENEGADA. PORQUE?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1209169  por wasabi
 
Hola a todos,
Les escribo para ver si me pueden orientar.
Inicié una Puam hace dos días. Ya salio denegada.
El señor jamás salió del país.
Tienen idea de porque pudo haber sido?
Gracias a todos!!
 #1209289  por wasabi
 
Hola!
Mi cliente tiene 65 años cumplidos en Julio.
Tiene muy pocos aportes en relación de dependencia.
Y deuda de autónomos.
Quiza tenga que ver con la deuda?
 #1209291  por lucky
 
No creo que tenga que ver con eso de la deuda. Debe haber alguna otra incompatibilidad. Fijate, por ejemplo, si es extranjero, si tiene algún otro beneficio sea contributivo o no, o si está cobrando prestación por desempleo.
Sino vas a tener que esperar los fundamentos del rechazo.
 #1209303  por MARIO1943
 
TE PASO LOS REQUISITOS NECESARIOS PARA PODER PERCIBIR UNA PUAM
“Año del Bicentenario de la Declaración
de la Independencia Nacional”
2016
Buenos Aires, 12 de julio de 2016
CIRCULAR DP Nº 27/16
PENSIÓN UNIVERSAL PARA EL ADULTO MAYOR (PUAM)
Se pone en conocimiento de todas las Áreas Operativ
as de esta Administración
Nacional las pautas referidas al otorgamiento de la
prestación denominada
“Pensión Universal para el Adulto Mayor” (PUAM),
recientemente aprobada por
el Honorable Congreso de la Nación, a los efectos d
e poder dar respuesta a las
consultas que pudieren realizar los potenciales ben
eficiarios.
Aspectos Normativos
La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM),
tiene carácter vitalicio y no
contributivo.
La prestación no contributiva mencionada está desti
nada a las personas de sesenta
y cinco (65) años de edad o más que, a su vez, cum
plan los siguientes requisitos:
1. Ser ciudadano argentino nativo, por opción o nat
uralizado; en éste último caso,
para acceder a la PUAM, deberá probar una residenci
a legal mínima en el país
de DIEZ (10) años, anteriores a la fecha de solicit
ud de la prestación. La
reglamentación establecerá la documentación necesar
ia para probar la
residencia.
2. En el caso de ser ciudadano extranjero, debe acr
editar una residencia legal
mínima en el país de VEINTE (20) años, de los cuale
s DIEZ (10) deben ser
inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud d
e la prestación. La
reglamentación establecerá la documentación necesar
ia para probar la
residencia.
3. No ser beneficiario de una jubilación, pensión o
retiro, de carácter contributivo o
no contributivo, otorgado por cualquier régimen de
previsión municipal,
provincial, nacional o internacional.
4. No percibir ni ser beneficiario de planes social
es de origen nacional, provincial o
municipal.
5. No ser beneficiario de la Prestación por Desempl
eo prevista en la Ley N° 24.013
y sus modificatorias.
Área destinataria:
Áreas Operativas
Área emisora:
Coordinación Emisión de Normas Previsionales
Contacto:
PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".gob.ar /
19141
-
19302
-
19304
-
1
9331
- 19333 - 19368
“Año del Bicentenario de la Declaración
de la Independencia Nacional”
2016
6. En el caso de percibir una prestación de las enu
nciadas en los puntos anteriores
y pretender percibir la PUAM, deberá realizar la op
ción en forma fehaciente ante
el Organismo competente y solicitar, en caso de cor
responder, la baja del
beneficio incompatible.
7. En relación con las Pensiones No contributivas
del Ministerio de Desarrollo
Social (Cuya Ley aplicada sea FD-FE-FF o HB) se coo
rdinará un procedimiento
con el ministerio para su tratamiento en forma auto
mática, sin necesidad de
solicitar la baja formal del beneficio.
8. Para percibir la PUAM deberá residir en el país;
si tomamos conocimiento de la
modificación de su residencia, se suspenderá el goc
e de la prestación.
9. El goce de la PUAM es compatible con el desempeñ
o de cualquier actividad en
relación de dependencia o por cuenta propia.
10. Los aportes y contribuciones previsionales, imp
uestos al trabajador y empleador
por la legislación vigente, ingresarán al Sistema I
ntegrado Previsional Argentino
(SIPA) y serán computados como tiempo de servicios
a los fines de poder,
eventualmente, obtener una prestación de carácter c
ontributivo.
11. La solicitud deberá realizarse dentro del plazo
de tres años, computados a partir
de vigencia de la norma legal que instituye la PUAM
.
12. El haber mensual de la PUAM consistirá en una
suma equivalente al OCHENTA
POR CIENTO (80%) del haber mínimo garantizado a que
se refiere el artículo
125 de la Ley N° 24.241, sus complementarias y modi
ficatorias o sea $ 3.967,18.
13. La actualización del haber mensual, se realiza
rá mediante las movilidades que
se apliquen a las prestaciones de la Ley N° 24.241
y sus modificatorias.
14. La PUAM no genera derecho a pensión.
15. No podrá ser enajenada ni afectada a terceros p
or derecho alguno; es
inembargable, con excepción de las cuotas por alime
ntos, y hasta el VEINTE
POR CIENTO (20%) del haber mensual de la prestación
.
16. Los titulares de la PUAM tendrán derecho al cob
ro de las asignaciones familiares
que perciben los jubilados/pensionados.
17. Los titulares de la PUAM tendrán derecho a goza
r de las prestaciones médico-
asistenciales que otorga el INSTITUTO NACIONAL DE S
ERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP).
Área destinataria:
Áreas Operativas
Área emisora:
Coordinación Emisión de Normas Previsionales
Contacto:
PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".gob.ar /
19141
-
19302
-
19304
-
1
9331
- 19333 - 19368
“Año del Bicentenario de la Declaración
de la Independencia Nacional”
2016
18. Una vez entrada en vigencia la ley, se habilita
rá la solicitud de esta prestación
por turno a través de la página web de ANSES, para
su tramitación en forma
presencial en la UDAI.
19. A partir del 1° de septiembre de 2016, se impl
ementará una aplicación con
Clave de la Seguridad Social, que permitirá la soli
citud del beneficio a través de
la página Web de ANSES, derivando solo con turno a
la UDAI los casos de
extranjeros o dudosos producto de los cruces automá
ticos para otorgar derecho.
Detalle de Tareas
Ante la presentación de un solicitante de la PUAM,
se deberán realizar las siguientes
acciones:
1. Verificar que cumpla con los requisitos de edad
y no posea incompatibilidad
alguna con otra prestación de las enumeradas en la
legislación que resulta
aplicable. (Utilizar la aplicación SPRE)
2. Verificar la carga de los datos personales y fil
iatorios en ADP, procediendo, en
caso de corresponder, a la actualización de los mis
mos e incorporando, con
carácter obligatorio, los datos referidos al correo
electrónico y teléfono de
contacto del solicitante.
3. En el supuesto que se tratase de un argentino na
turalizado o extranjero, deberá
informarse en ADP la fecha de entrada al país. La r
eglamentación establecerá la
documentación necesaria para probar la residencia.
4. Informar al solicitante que, en caso de no posee
rla, deberá proceder a generar la
Clave de la Seguridad Social:

Para obtener la Clave de la Seguridad Social, el s
olicitante deberá ingresar a
la sección MI ANSES TRÁMITES de la página de ANSES
http://www.anses.gov.ar
y luego seleccionar la opción
“Crear Clave de la
Seguridad Social”
. Una vez aceptadas las
Políticas de Seguridad
deberá
seguir los pasos indicados por el sistema hasta con
cluir el proceso de
generación de la clave, luego del cual se podrá acc
eder directamente al
proceso de habilitación on-line.

Respecto a la habilitación de la clave, se debe te
ner en cuenta que:

El sistema requerirá el ingreso de un código valid
ador que fuera enviado
previa y automáticamente al correo electrónico cons
ignado por el
solicitante.
Área destinataria:
Áreas Operativas
Área emisora:
Coordinación Emisión de Normas Previsionales
Contacto:
PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".gob.ar /
19141
-
19302
-
19304
-
1
9331
- 19333 - 19368
“Año del Bicentenario de la Declaración
de la Independencia Nacional”
2016

Luego, comienza una serie de preguntas de informac
ión personal que son
validadas contra la información existente en las ba
ses de ANSES que
brindan un nivel de certeza de la identificación de
la persona.

De no superar esta instancia puede intentarlo nuev
amente. Es de
destacar que el sistema permite únicamente dos (2)
intentos para lograr la
habilitación on-line y, una vez agotados, la clave
sólo podrá ser habilitada
de manera presencial en cualquier oficina de ANSES.
IMPORTANTE:
Deberá informarse a los solicitantes que la PUAM cr
eada por la legislación vigente
se encuentra en proceso de reglamentación, como asi
mismo, el desarrollo de los
sistemas informáticos necesarios para su implementa
ción, a partir de la entrada en
vigencia de la ley.
 #1209349  por Anyweb
 
Hoy leí en las redes que el solicitante no puede estar en relación de dependencia ni ser AT o MT
 #1209350  por wasabi
 
Gracias a todos por sus respuestas,
Cumple todos los requisitos, no tiene ni una salida de país, no tiene beneficios...
Lo único que se me ocurre es la enorme deuda de monotributo
Tendre que esperar los fundamentos, y les contaré por si a alguien le puede llegar a servir.
Saludos
 #1209414  por lucky
 
Anyweb escribió:Hoy leí en las redes que el solicitante no puede estar en relación de dependencia ni ser AT o MT
Por ahora es compatible el cobro de la PUAM y trabajar en RRDD o por cuenta propia, con la aclaración de que esos años posteriores al cobro de la PUAM se consideran como años de servicios pero las remuneraciones no se consideran para el cálculo del haber inicial.
Pero en el Presupuesto del año que viene ya está previsto que trabajar y cobrar la PUAM sean incompatibles.
 #1209449  por ESCSERGIOH
 
lucky escribió: Mar, 18 Sep 2018, 13:33
Anyweb escribió:Hoy leí en las redes que el solicitante no puede estar en relación de dependencia ni ser AT o MT
Por ahora es compatible el cobro de la PUAM y trabajar en RRDD o por cuenta propia, con la aclaración de que esos años posteriores al cobro de la PUAM se consideran como años de servicios pero las remuneraciones no se consideran para el cálculo del haber inicial.
Pero en el Presupuesto del año que viene ya está previsto que trabajar y cobrar la PUAM sean incompatibles.
Lucky, tengo varios trabajadores cobrando PUAM, voy a tener que decirles que dejen de trabajar en blanco para seguir cobrando la PUAM? o ANSES automaticamente les va a dar de baja, si se aprueba esta cuestion en el presupuesto?
 #1209450  por lucky
 
Todavía no se sabe mucho, salvo lo que trascendió en algunos medios. Aún es un proyecto de ley, por lo que pueden producirse cambios. Habrá que esperar y luego decidir qué se hace.
 #1209456  por lucky
 
Estos son los dos artículos del proyecto de ley de Presupuesto que modifican la PUAM. Establece la evaluación socioeconómica, y la incompatibilidad con trabajar en rrdd o por cuenta propia.

ARTÍCULO 37.- Incorpórase como último párrafo del Artículo 13 de la Ley Nº 27.260, el
siguiente:
“La ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en forma
previa al otorgamiento de la prestación realizará evaluaciones socioeconómicas
y patrimoniales sobre la base de criterios objetivos que fije la reglamentación, a
fin de asegurar el acceso a las personas que presenten mayor vulnerabilidad.”.
ARTÍCULO 38.- Sustitúyese el Artículo 16 de la Ley N° 27.260, por el siguiente:
“ARTÍCULO 16.- El goce de la Pensión Universal para el Adulto Mayor es
incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de
dependencia o por cuenta propia.”.
 #1209457  por Mer1984
 
Si lo razonamos desde el concepto de derecho adquirido si yo obtuve la PUAM cuando la misma me permitía seguir trabajando la modificación en el régimen no puede afectarme a mi. Sería algo así como hacer un socio-económico retroactivo para los que se jubilaron por 24476 el año pasado. Me parece.
 #1209464  por lucky
 
Así es, Mer. Si se sanciona la ley como está redactada, será para las solicitudes posteriores a su promulgación.
 #1231651  por postulante
 
Hola, por favor, quisiera saber si para solicitar la PUAM, para una persona de 65 años nacida en Argentina, con permanencia y residencia de los últimos 10 años en el país, comprobable: con estudios en universidad pública, cursos en centros de formación de la ciudad de buenos aires y constancias electorales, pero que ha estado por períodos de 3 a 4 meses por año vacacionando en el extranjero, es factible? Hay un límite de tiempo que un solicitante pudo haberse ausentado por año y aún poder obtener la PUAM?