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  • SUCESIÓN SIN BIENES. DUDAS SOBRE HONORARIOS Y TASA DE JUSTICIA.

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 #1209613  por sofia2009
 
Hola a todos los colegas, tengo que pasarle el presupuesto a una persona que quiere tramitar la sucesión de su papá y no hay bienes (provincia de Bs As).
La finalidad es obtener la DH para poder presentarse en la sucesión de sus abuelos paternos que fallecieron con anterioridad a su papá.
NO quiere que el abogado que va a intervenir en la sucesión de sus abuelos tramite ambas sucesiones en forma conjunta (yo hago una y el otro colega -que no conozco- hará con posterioridad la de sus abuelos).
Ahora bien, mis dudas son 2:
1. Cuanto le puedo cobrar de honorarios ya que no existen bienes?
2. Cuantos se debe tributar de tasa de justicia al no existir bienes?

Espero ayuda, gracias *abrazo*
 #1209636  por sofia2009
 
Hola legalescom, gracias por contestar *abrazo*

El tema es así: mi cliente quiere tramitar solamente la sucesion de su papá para que lo declaren heredero y así poder presentarse con el Testimonio de la DH en la sucesion de sus abuelos (ésta en algún momento se va a tramitar por separado con otro abogado).
Por eso mi duda, para este caso particular
1. Cuanto le puedo cobrar de honorarios ya que no va a denunciar bienes en la sucesión de su padre?
2. Cuantos se tributa de tasa de justicia?
 #1209773  por abogado_1987
 
sofia2009 escribió: Vie, 21 Sep 2018, 19:42 Hola legalescom, gracias por contestar *abrazo*

El tema es así: mi cliente quiere tramitar solamente la sucesion de su papá para que lo declaren heredero y así poder presentarse con el Testimonio de la DH en la sucesion de sus abuelos (ésta en algún momento se va a tramitar por separado con otro abogado).
Por eso mi duda, para este caso particular
1. Cuanto le puedo cobrar de honorarios ya que no va a denunciar bienes en la sucesión de su padre?
2. Cuantos se tributa de tasa de justicia?
tené presente > "San Isidro,........ de Febrero de 2016. Previo a todo trámite: Toda vez que el sucesorio es un proceso especial que tiene como finalidad exclusiva la determinación objetiva y subjetiva de los bienes dejados por el causante y de las personas que habrán de sucederlo (Arg. arts. 3279 y c.c. del C.C. y arts. 724, 734, 735 y 737 del C.P.C.C.) deberá denunciar el acervo hereditario.-..."
 #1210010  por sofia2009
 
Gracias abogado_1987 por responder!
Entonces como es el tema que no me queda claro?

1) mi cliente tiene que pagarme honorarios y tasa de justicia en la sucesión de su padre, la que le voy a tramitar en provincia de Bs As., en base a la parte del bien le corresponde en la sucesión de sus abuelos?

y además

2) cuando los 8 tios y 7 primos inicien la sucesion de sus abuelos en CABA, mi cliente tiene que volver a tributar honorarios y tasa de justicia calculados otra vez en base a esa parte?
O sea, va a tributar 2 veces honorarios y tasa de justicia por esa parte ?????

Disculpá, a lo mejor es muy tonto lo que estoy preguntando, pero es la primera vez que paso por una situación así.
Nuevamente, gracias por ayudar siempre a todos los colegas *abrazo*
 #1210493  por legalescom
 
Si, va a tener que tributar y pagar honorarios de abogados, en la proporción correspondiente, en ambas sucesiones; y no es que tributa y paga honorarios, dos veces por lo mismo, sino que tributa y paga honorarios, por dos sucesiones distintas.