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  • medida autosatisfactiva? o amparo?

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 #120961  por rommy
 
tengo el caso de un chico de 21 años con problemas neurologicos y la obra social se niega a autorizarle un estudio, que el medico recomienda para saber si està bien medicado, se puede presentar un recurso de amparo a su obra social? hay que intimar primero con carta doc? lei por ahi que se recomendò una medida autosatisfactiva, alguien me puede explicar en que consiste? gracias.

 #121023  por diegogvillamayor
 
hola como estas, creo que seria mejor una autosatisfactiva.
tenes que acreditar todo en 1 escrito para que el juez otorgue lo que pedis.
adjuntas toda la prueba que tengas, si fundamentas bien mas que nada con informes medicos te la otorgaran.
ahora porque la obra social no quiere hacer el estudio?

 #121078  por Dr. 8
 
Querida Rommy, te recomiendo la obra del Dr. Jorge Peyrano con respecto a las medidas innovativas autosatifactivas, es sumamente enriquesedora.

Te adelanto que, el doctrinario define a las medidas innovativas como "Es una medida cautelar excepcional que tiende a alterar el estado de hecho o de derecho existente antes de la petición de su dictado; medida que se traduce en la injerencia del juez en la esfera de libertad de los justiciables a través de la orden de que cese una actividad contraria a derecho o de que se retrotraigan las resultas consumadas de una actividad de igual tenor. Adviértase la calidad excepcional de esta medida cautelar. Es que ella, a diferencia de la mayoría de las otras, no afecta la libre disponibilidad de bienes por parte de los justiciables (vgr., embargo, prohibición de contratar, inhibición, etc.), ni tampoco impera que se mantenga el status existente al momento de la traba de la litis. Va más lejos, ordenando, sin que medie sentencia firme, que alguien haga o deje de hacer algo en sentido contrario al representado por la situación existente" ("Medida cautelar innovativa", por Jorge W. Peyrano, Bs. As., 1981, Ed. Depalma, p. 21). Vale decir que se consideraba como finalidad de la innovativa ordenar retrotraer las cosas a su estado anterior o -por lo menos- decretar el cese de un accionar (o de su resultante) contrario a derecho. En ambos casos siempre hay una referencia a una situación preexistente.

Saludos Cordiales,

 #121118  por diegoloco
 
Para mi es el amparo con una medida cautelar, si quer´s intimar previamente podrías hacerlo pero tené en cuenta el plazo de caducidad para iniciar del amparo (nación15 dias si no me equivoco). con lo cual si no tenés una negación efectiva por escrito de la Obra social, presentá una nota en la misma o manda CD y fijale un plazo de diez dias para que te contesten por si o por no, y si no te contestan empezá a contar de ahi para la caducidad del amparo. si ya tenés negación del brindarle cobertura medica, entoncves metele el amparo (ojo con el plazo para iniciar). y metes un amparo con una cautelar para q te resuelvan la cautelar primero y despues dscutís el amparo