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  • los peritos pueden pedir honorarios si hay desistimiento?

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 #121240  por aprendiza_law_girl
 
Tengo una de mis dudas...: Si hay caducidad de instancia porque ninguna de las partes insta el proceso, (los seis meses en primera instancia no?) pueden igualmente los peritos intervinientes solicitar que se les regulen honorarios?, y otra pregunta es: si hay desistimiento porque se arregló extrajudicialmente y no se llega al dictado de una condena, quién les paga a los peritos antes de dictar condena? o lo regula el Juez cuando las partes desisten y fija los honorarios?
Tengo una ensalada civil y comercial a la procesalis sabrosísima!

Gracias!
 #121297  por Oscar Santiago
 
El perito desde que acepta el cargo tiene derecho a sus honorarios. Debés fijarte en la Ley de Honorarios, ahí sale todo.

En caso de desistimiento, el que desiste paga los honorarios.

Obviamente, la regulación será la mínima.

Espero te sirva de algo.

 #121326  por aprendiza_law_girl
 
Gracias Oscar Santiago! y el desistimiento debe ser homologado o aprobado por el juez no?

 #121331  por sergiosky
 
cuando se desiste el juez cita al desistido a que ratifique en audiencia el pedido de desistimiento. recien ahi ya queda aprobado ya que antes de la ratificacion puede dejarse sin efecto en caso de arrepentimiento, por lo tanto el proceso continuará.
con respecto a los honorarios de los peritos... cobran con solo aceptar el cargo? pensé que se le regulaban sus honorarios una vez practicada la pericia, y que en caso de que acepten el cargo (abonando la tasa) y posteriormente se desista o caduque la instancia solo pueden reclamar el monto abonado en concepto de tasas, pero no los honorarios ya que la pericia no se practicó.