Buenas tardes colegas:
Quería consultarles, en una sucesión ya iniciada por otro letrado, amplié el acervo sucesorio , pedí auto de inscripción y realicé la inscripción del bien. Ahora clasifiqué tareas y estimé el valor del acervo y pedí regulación de honorarios. Me piden en el juzgado que notifique a todas las partes, lo que así hice. Mis clientes fueron notificados al dom real y la cédula del letrado que envié al dom constituído en autos, vino diligenciada pero dice el Oficial que el portero le dije que no vive allí pero como es constituído procedió a dejar copia quien la recibió. hasta acá todo bien, ...mi problema es que el juzgado me dice que debo notificar correctamente al letrado...dejo escrito y manifiesto art. que es dom constituído y subsiste para todas las notificaciones mientras no se modifique, etc, etc,......a lo que el juzgado me dice que debo notificarlo al domicilio real ya que ese domicilio deja de existir porque el proceso ya culminó con la inscrición de la DH en el Registro???.....acá me descolocaron, pensaba interponer revocatoria con apelación en subsidio...aguardo si alguno me da su punto de vista.
gracias
Quería consultarles, en una sucesión ya iniciada por otro letrado, amplié el acervo sucesorio , pedí auto de inscripción y realicé la inscripción del bien. Ahora clasifiqué tareas y estimé el valor del acervo y pedí regulación de honorarios. Me piden en el juzgado que notifique a todas las partes, lo que así hice. Mis clientes fueron notificados al dom real y la cédula del letrado que envié al dom constituído en autos, vino diligenciada pero dice el Oficial que el portero le dije que no vive allí pero como es constituído procedió a dejar copia quien la recibió. hasta acá todo bien, ...mi problema es que el juzgado me dice que debo notificar correctamente al letrado...dejo escrito y manifiesto art. que es dom constituído y subsiste para todas las notificaciones mientras no se modifique, etc, etc,......a lo que el juzgado me dice que debo notificarlo al domicilio real ya que ese domicilio deja de existir porque el proceso ya culminó con la inscrición de la DH en el Registro???.....acá me descolocaron, pensaba interponer revocatoria con apelación en subsidio...aguardo si alguno me da su punto de vista.
gracias