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  • REBELDIA ART 59 cpccn

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 #122080  por Adris
 
ES NECESARIO FORMAR INCIDENTE CUANDO SE DECRETA LA REBELDIA?? O SOLO TENGO QUE NOTIFICARLE EL AUTO QUE LO DECLARA REBELDE Y ESPERAR QUE TRANSCURRAN LOS 5 DIAS?? GRACIAS

 #122198  por nicoluzzi
 
Hola Adris:

Le notificás por cédula la resolución que lo declara rebelde y listo, las sucesivas resoluciones le quedan notificadas por nota. Solamente deberás notificarle la sentencia.

Un saludo,

Nicolás

 #122199  por Adris
 
Gracias a todos por la info! Adris