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  • Honorarios en sucesion/causa propia

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #122640  por solsolino*
 
Hola queria consultarles estoy haciendo una sucesion de una casa que voy a comprar (lo tomo como gastos) la duda es, como presento el escrito para que me eximan del pago de mis honorarios, y ademas si pago aportes o no??? por que he estado buscando y no encuentro nada al respecto.- Muchas gracias

 #122676  por boga315
 
Hola, si es en Pcia. de Bs. As. lee la ley 6716 art. 21, inc. 2º que te indica lo que preguntas, saludos

 #122686  por Charlie
 
Solo se puede renunciar a los honorarios y aportes a la Caja de Previsión Social para Abogados en el caso de representación de los parientes enumerados por el art. 21 de la ley 6716.

En tu caso, tendrás que aportar a la Caja, aunque renuncies a percibir honorarios, ya que los mismos se regularán. No estás comprendido dentro de las excepciones del artículo 21 de la ley 6716.

Te transcribo la parte pertinente del art. 21 de la ley citada.

Quedarán excluidos de esta exigencia, si a ello optara el profesional las actuaciones judiciales realizadas en representación o patrocinio de ascendientes, descendientes consanguíneos o afines, cónyuge y hermanos, cuyos honorarios fueren exclusivamente a cargo de los mismos. La opción en el caso tendrá los efectos de una renuncia expresa definitiva a la regulación y cobro de los honorarios correspondientes.

Saludos.