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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1226099  por csevi
 
Estimados, soy re contra nueva en la profesión y es mi primera presentación en capital federal y el temita de lo electrónico y que hay que notificar de esa forma me tiene :shock: :shock: - acudo a ustedes que tienen más práctica que yo por la siguientes dudas:

1_ Yo voy como patrocinante del actor no como APODERADA- (me vi 200 videos del tema de domicilio electrónico ), en la demanda constituí domicilio electrónico y me salía en la pag. del poder judicial como IEJ NO CONSTITUIDO- supuestamente no puedo hacer notificaciones por lo que estuve viendo esto es así ??? puedo seguir el proceso como patrocinante no es necesario que sea apoderada ??? oseaaa!!!!
2_ tengo que hacer cédula Ley por que el domicilio al cual tengo que notificar la demanda es en provincia de bs as San Isidro- El tema es el siguiente- Hago la cédula ley y autorizo a un abogado de San Isidro para diligenciar la cédula ? llevo la cédula ley al juzgado para que sellen, esta tiene que estar firmada por el abogado únicamente o por el actor tmb. ? teniendo en cuenta que soy la PATROCINANTE no APODERADA-
3_ cuando me sellan la cedula ley a donde la tengo que dejar ? hay alguna oficina para su diligenciar cédulas ley ? Muchas gracias !!! desde ya a todos que puedan aclarar mis dudas, se que para algunos esto es una pavada pero para mi no :shock: :shock: . Aguardo alguna respuesta gracias !!!!!
 #1227056  por DRalonso
 
1) QUE TU CLIENTE OTORGUE PODER DE UNA BUENA VEZ

2) LA CEDULA FIRMALA VOS Y EL TRAMITE EN UNA GESTORIA

3) GESTORIA, O ANDATE HASTA TRIB. SAN ISIDRO