Gente, tengo la siguiente duda, el lunes tengo mi primer audiencia del Art. 636 Prov. Bs.As , voy por parte del demandado, mi duda es la siguiente:
1) yo no estoy presentado aun, tengo que enviar la designación por escrito electrónico, lo llevo en formato físico o directamente me presento con el cliente a la audiencia y queda plasmado mi patrocinio en el acta?
2) en estos procesos no se corre traslado de demanda, tengo entendido que es la única oportunidad para presentar pruebas instrumentales e pedidos de informes, esto lo realizo todo en forma VERBAL acompañando la documentación, no? pero mi duda surge que vi en algunos post que a esta audiencia algunos llevan consigo la contestación de la demanda en formato papel, supongo que el proceso antes de la modificación era de esta forma y ahora ya no ..
Desde ya muchas gracias, Saludos.
1) yo no estoy presentado aun, tengo que enviar la designación por escrito electrónico, lo llevo en formato físico o directamente me presento con el cliente a la audiencia y queda plasmado mi patrocinio en el acta?
2) en estos procesos no se corre traslado de demanda, tengo entendido que es la única oportunidad para presentar pruebas instrumentales e pedidos de informes, esto lo realizo todo en forma VERBAL acompañando la documentación, no? pero mi duda surge que vi en algunos post que a esta audiencia algunos llevan consigo la contestación de la demanda en formato papel, supongo que el proceso antes de la modificación era de esta forma y ahora ya no ..
Desde ya muchas gracias, Saludos.