Estimados buenas tardes, hago una consulta, saque sentencia en un ejecutivo, procedo a ejecutar la misma presento la planilla y me decretan :
"...Téngase presente lo manifestado. Reformúlese la liquidación presentada conforme a derecho y se proveerá, conforme lo dispuesto por el art. 730 último párrafo del C.C.C..."
Recién me estoy iniciando en la profesión, mi duda es respecto a la aplicación practica.
como dato presento la demanda un colega, luego le revocaron el poder y continué la tramitación hasta la sentencia, en ella nos regularon honorarios por el minimo minorum 10 ius.- 6 para el Dr que interpuso demanda y 4 ius para quien suscribe.-
para entenderlo suponiendo que hablamos de un capital + intereses de $ 8.000 y me regulan honorarios por $3.000.-
el tribunal me decreta estese al 730 CCC, por lo cual mis honorarios serian $2.000 ($8.000 x 0.25).- osea hay una diferencia de 1.000 pesos entre las dos liquidaciones.-
por otro lado a los $2.000 de honorarios conforme art 730 le adiciono el 21% del iva verdad?
mi consulta es si estoy en lo correcto de como interpreto el art 730 CCC?
y otra duda que tengo es si esos $2.000 que es el tope del 25% influye en la liquidación de los honorarios del otro colega que interpuso la demanda,
como veran estoy bastante perdido, es la primera vez que me observan la planilla, por eso es que acudo a sus consejos, desde ya muchas gracias.- Atte.
"...Téngase presente lo manifestado. Reformúlese la liquidación presentada conforme a derecho y se proveerá, conforme lo dispuesto por el art. 730 último párrafo del C.C.C..."
Recién me estoy iniciando en la profesión, mi duda es respecto a la aplicación practica.
como dato presento la demanda un colega, luego le revocaron el poder y continué la tramitación hasta la sentencia, en ella nos regularon honorarios por el minimo minorum 10 ius.- 6 para el Dr que interpuso demanda y 4 ius para quien suscribe.-
para entenderlo suponiendo que hablamos de un capital + intereses de $ 8.000 y me regulan honorarios por $3.000.-
el tribunal me decreta estese al 730 CCC, por lo cual mis honorarios serian $2.000 ($8.000 x 0.25).- osea hay una diferencia de 1.000 pesos entre las dos liquidaciones.-
por otro lado a los $2.000 de honorarios conforme art 730 le adiciono el 21% del iva verdad?
mi consulta es si estoy en lo correcto de como interpreto el art 730 CCC?
y otra duda que tengo es si esos $2.000 que es el tope del 25% influye en la liquidación de los honorarios del otro colega que interpuso la demanda,
como veran estoy bastante perdido, es la primera vez que me observan la planilla, por eso es que acudo a sus consejos, desde ya muchas gracias.- Atte.