Hola colegas, como están? les hago una consulta. Por accidente inculpable y despido dentro del periodo de prueba...aplica el 92 bis es decir debería pagarse la licencia por tres meses. Ahora, si despiden al trabajador...es posible que pueda ganar un despido discriminatorio? con que sanción? (se que obviamente depende de la prueba) pero saben si es posible o prima el art 92 bis inc 6) LCT???? Gracias a todos!
Hola Lan,
Es medio difícil acreditar esa causal, más que nada, porque durante el período de prueba el empleador puede extinguir la relación sin expresión de causa, sin derecho a indemnización con motivo de la extinción, pero con obligación de preavisar (a lo sumo le podrán pagar el preaviso).
Respecto al pago de las prestaciones, son obligatorias hasta la finalización del período de prueba, dado que no hubo contratación efectiva.
Saludos,