Hola foristas, en un expediente se estableció el pago mensual de canon locativo, el demandado ya deposito, la duda es: si le pido al juez libre giro va a ser para ese pago, como le pido para que perciba mensualmente sin necesidad de reiterar el “se libre giro”? Libre oficio al banco para que autorice al Sr. Xxxxx a percibir los montos depositados y que en el futuro se depositen en la cuenta xxxx ¿?? Puede ser así? Gracias.
entiendo que mes a mes,
tiene que estar acreditado el depósito en el expte,
y el deudor debe consentir expresamente el retiro de los fondos depositados