Hola a todos, mi consulta es la siguiente: estoy tramitando una sucesión en Pcia de Bs. As. en la cual se dictó la DH esta semana. hablo con mis clientes a fin de solicitarles el importe para los Informes de Dominio, valuaciones, etc, etc, y me comentan que estuvieron hablando entre ellos y no están seguros si mandar a inscribir la DH xq estuvieron conversando entre ellos que existe la posibilidad de hacer una Cesión de Derechos Hereditarios (de la madre a los hijos).
Concretamente, quiero saber, si solicito los respectivos informes y se paga todo (tasa, sobretasa, aportes) puedo presentar la Cesión después de ordenada la inscripción? Pregunto porque los herederos no quieren que les agarre la nueva valuación fiscal de 2019 y por ende no quieren tributar la tasa de justicia por un monto mucho más elevado (si esperamos que se termine la Cesión para abonar todo les va a agarrar la nueva valuación fiscal de 2019). O sea termino y abono todo ahora en 2018, en consecuencia el juez me ordena la inscripción y después de ordenada ahí sí presento la cesión de derechos, es correcto, se puede hacer así?

Concretamente, quiero saber, si solicito los respectivos informes y se paga todo (tasa, sobretasa, aportes) puedo presentar la Cesión después de ordenada la inscripción? Pregunto porque los herederos no quieren que les agarre la nueva valuación fiscal de 2019 y por ende no quieren tributar la tasa de justicia por un monto mucho más elevado (si esperamos que se termine la Cesión para abonar todo les va a agarrar la nueva valuación fiscal de 2019). O sea termino y abono todo ahora en 2018, en consecuencia el juez me ordena la inscripción y después de ordenada ahí sí presento la cesión de derechos, es correcto, se puede hacer así?
