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  • CONSULTA SE PUEDE JUBILAR ??? APLICACIÓN MORATORIA - DEUDA

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1230922  por Lan
 
Hola colegas, como están?! alguien me podrá orientar si puedo jubilar a un Señor en esta situación? mi duda es si puedo usar moratoria a periodos con deuda, es una de mis primeras. Muchas gracias a todos!!!!

Ingreso al país el en 1966 tiene 71 años (hombre)

Aportes de Marzo del 68 a Junio de 2004.

Deuda: Desde el 03/68 al 12/72 cero deuda.-
De Enero del 73 al 05/77 Deuda: $ 163.000.-
De Junio del 77 a junio del 79 Deuda: $ 365.000.-
De Julio del 79 a Junio del 80 Deuda: $ 42.000.-
Del 7/80 al 9/80 pago.-
Del 10 del 80 al 03/84 Deuda: $ 267.000.-
De 04/84 al 12/86 Deuda: $ 165.000.-
Del 01/87 a 09/91 Deuda: $ 903.000.-
Del 10/91 a 05/92 Deuda: $ 113.000.-
Del 06/92 al 02/93 Deuda: $ 127.000.-
Del 03/93 al 03/99 Deuda: $ 872.000.-
Del 04/99 al 12/99 pago.-
Del 01/2000 al 06/2004 Deuda: $ 12.000.-
 #1230938  por NICOLETTA
 
Podes iniciar jubilación con aplicación de la moratoria Ley 24.476. Recordar que las moratoria llevan evaluación socio económica.
Si la fecha de cese de actividad es 06/2004, debes juntarle 28 años de aportes más 2 años por declaración jurada = 30 años de aportes.
A partir del mes siguiente a la fecha de ingreso al país hasta 09/1993 pues buscar los 2 años por declaración jurada y comprarle años de aportes.
Y lo que te falte para cubrir los 28 años de aportes puedes tomar 04/1999 a 12/1999 que tiene pago, y puedes compensar exceso de edad con servicios.
Y si te siguen faltando aportes para cubrir 28 años de aportes puedes buscarlos dentro del período 01/2000 a 06/2004 los meses que menos deuda te generen.