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  • Extranjero basta con certif. de migraciones

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #964237  por dramereu
 
Hola colegas: una consulta. Tengo un cliente extranjero a quien leanotaron mal fecha de ingreso. Tiene en el dni la misma fecha de ingreso que de radicacion. Con el certificado de migraciones basta? Yo necesito unos meses y asi llego. Muchas gracias.
 #964297  por diegomdp
 
basta con cualquiera de la prueas que exige la circualr de anses, aunque una vez la udai me lo acredito con una de esas pruebas, respetando su normativa, el expediente lo mandaron a la vieja area de capitalizacion hoy area de reversion, una de las peores mierdas que ha existido en anses desde siempre, ellos unilateralmente sin ninguna prueba en contrario le cambiaron la fecha de ingreso y lo denegaron, se recurrio a la carss, y la carss dijo que consiga el certficado de migraciones obviando cualquiera de las otras pruebas que menciona la circular y eso que se le adjunto la circular por si el idiota relator que lo tenia que resolver no lo sabia, y todavia no estaba la carss patetica de hoy.

Conclusion la carss siempre fue patetica :lol:
 #964396  por dramereu
 
Diego te enojaste... bueno entonces basta con el certificado? Por lo que interpreté de lo que me agregaste a tu respuesta.
Y si aca todo es patetico hasta los nuevos carteles que dicen " jubilarse y pensionarse es simple y gratis" ..... se viene una grosa acá.
 #964537  por Camarista41
 
diegomdp escribió:basta con cualquiera de la prueas que exige la circualr de anses, aunque una vez la udai me lo acredito con una de esas pruebas, respetando su normativa, el expediente lo mandaron a la vieja area de capitalizacion hoy area de reversion, una de las peores mierdas que ha existido en anses desde siempre, ellos unilateralmente sin ninguna prueba en contrario le cambiaron la fecha de ingreso y lo denegaron, se recurrio a la carss, y la carss dijo que consiga el certficado de migraciones obviando cualquiera de las otras pruebas que menciona la circular y eso que se le adjunto la circular por si el idiota relator que lo tenia que resolver no lo sabia, y todavia no estaba la carss patetica de hoy.

Conclusion la carss siempre fue patetica :lol:
Hola Diego, podras decirme cual es esa circular? estoy con un caso parecido, gracias!
 #964686  por diegomdp
 
dramereu escribió:Diego te enojaste... bueno entonces basta con el certificado? Por lo que interpreté de lo que me agregaste a tu respuesta.
Y si aca todo es patetico hasta los nuevos carteles que dicen " jubilarse y pensionarse es simple y gratis" ..... se viene una grosa acá.
no me enoje solo cuento situaciones pateticas que a uno le tocan vivir para que vean que a pesar de la normativa ser clara y sencilla siempre hay dos inutiles, poruqe esto paso por dos personas que no entienden ni las cosas mas sencillas, conclusion hasta lo mas absurdo es posible en la era camporista de nuestra querida presi

aca va la circular sino entienden algun punto es porque hay cuadros en el medio de como cargar el adp pero como no los puedo copiar y pegar no los pongo, igual no es relavante porque se entiende igual la circualr sin esos cuadros

Buenos Aires, 16 de enero de 2012
CIRCULAR DPA Nº 02/12
REGISTRACIÓN DE DATOS DE INGRESO AL PAÍS EN ADP MAINFRAME/EMULADOR
REEMPLAZA A LA CIRCULAR GPAyD Nº 07/07

Se informa que a partir del 16 de enero, se encontrarán vigentes en ADP mainframe/emulador, las siguientes modificaciones para registrar los datos de ingreso al país y su correspondiente documentación de respaldo de personas extranjeras o argentinas naturalizadas.
1. Las opciones 40/85 “Extranjeros” y 45/87 “Otras Nacionalidades”, se unifican en una sola funcionalidad denominada “Datos de Ingreso al País” (opción 40/85).
2. En la pantalla de carga de “Datos de Ingreso al País”, se deberán ingresar únicamente los siguientes datos:
Comprobante Fecha de Ingreso al País
Fecha de Ingreso al País
3. Para completar los campos del punto 2 se debe tener en cuenta que:
a) “COMPR. FECHA INGRESO PAIS”: deberá seleccionar el comprobante de donde se obtuvo la fecha de ingreso al país, de la lista de valores posibles que se despliega presionando F1:
⇒ PASAPORTE
⇒ CERTIFICADO DE MIGRACIÓN
⇒ CED. IDEN. SUDAMERICANA DEL MERCOSUR
⇒ DU ARGENTINO P/EXTRANJEROS
⇒ PART/ACTA/CERT NAC HIJOS: Partida, Acta, Certificado de Nacimiento ocurrido en Argentina de hijos del titular
⇒ PART/ACTA/CERT MATRIM TIT: Partida, Acta, Certificado de Matrimonio celebrado en Argentina del titular
⇒ CONTRATO DE LOCACIÓN: suscripto por el titular con fecha cierta (con sello de pago de la tasa respectiva)
⇒ CITACIÓN COMO TESTIGO: en actuación judicial o administrativa
⇒ CONST AFIL MUT/SIND/OS: Constancia de afiliación a una mutual, sindicato, servicios médicos.
⇒ BOLETO DE COMPRA-VENTA: de inmuebles con fecha cierta (con sello del pago de la tasa respectiva)
⇒ CONSTANCIA BANCARIA: de apertura de cuenta o del otorgamiento de un crédito.
⇒ ESCRITURA PÚBLICA: de compra de inmuebles o que acrediten otros actos civiles o comerciales cumplidos por el titular.
⇒ CERTIF. FIRMA ANTE ESCRIBANO: constatación de firma ante escribano público
⇒ CONSULTA SIJP
⇒ AFILIACIÓN DE AUTÓNOMOS (AUT1)
⇒ CERTIF. SERVICIOS: Certificación de servicios acreditado por ANSES
⇒ CERTIF. POLICIA con detalle de la fuente documental (prontuario, acta de constatación, documento acreditante, etc)
⇒ CERTIF. ESCOLARES: certificados escolares y/o certificados de estudio de alumno regular, en tanto se encuentren extendidas por autoridad escolar competente.

b) “FECHA DE INGRESO AL PAÍS”: Para toda la documentación se debe tomar la fecha de ingreso al país que surja de la documentación presentada. En los casos que surja sólo mes y año se deberá consignar el último día de ese mes, si sólo se encuentra el año, se incorporará el último día de ese año. De no constar fecha de ingreso al país se utilizará la fecha de emisión de la documentación que se presenta.
Cuando se trate de la siguiente documentación se aplicará:
⇒ CONSULTA SIJP: fecha de presentación de DDJJ, transferencia de aportes registrada en el SIPA para el titular o información histórica anterior a julio/94 que surja de la consulta - F6 HISTORIA- del SIPA. En este último caso se consignará la fecha cierta considerando el mes de alta.
⇒ AFILIACIÓN DE AUTÓNOMOS (AUT1): de acuerdo al siguiente orden de prioridad excluyente para considerar la fecha a cargar: 1) fecha que consta en el campo “ingreso al país” 2) fecha de afiliación

4. Finalizada la carga imprime la pantalla “Mant Datos Ingreso al País”.
5. Archivo de la documentación:
a) Si el CUIL/T está incluido como Modificación o como Alta en el Listado 1 de la fecha en que se incorporó la novedad de ingreso al país: incorpora en el Legajo Único la impresión de la pantalla con la documentación de respaldo de la novedad de ingreso al país, en el mismo orden en el que figura en el listado.

b) Si el CUIL /T no está incluido en el listado 1 de la fecha en que se incorporó la novedad de ingreso al país: incorpora detrás de la documentación correspondiente al listado 1 del día de la carga, la pantalla impresa y la documentación de respaldo, ordenadas a su vez por CUIL.
6. En la nueva funcionalidad “Datos de Ingreso al País”, se visualizan como una lista histórica los datos registrados oportunamente y los que se registren a futuro.
 #1231982  por jesi
 
hola me podrías informar cuánto tarda el certificado de migraciones? también quería saber si es obligatorio para una persona naturalizada con DNI hacer el tramite del certificado de migraciones?
 #1232003  por MARIO1943
 
Verificación de datos radicación y tipo de residencia reemplaza a la circular DPA N° 24/17

Circular
DPA
29/17

25-10-2017

Buenos Aires, 25 de octubre de 2017 CIRCULAR DPA Nº 29/17 VERIFICACIÓN DE DATOS RADICACIÓN Y TIPO DE RESIDENCIA REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPA N° 24/17 Se informa que toda vez que se presente un extranjero con DU o Argentino naturalizado a tramitar un beneficio previsional, a excepción de los casos para la presentación de un derechohabiente de pensión, además de cumplir con lo requerido en la normativa vigente para la actualización de datos de radicación e ingreso al país, se debe verificar en la web de la Dirección Nacional de Migraciones - www.migraciones.gov.ar - si los datos fecha de ingreso al país, Tipo de Residencia (categoría obtenida) y Fecha de Radicación coinciden con los registrados en el DU/Certificado de Migraciones presentados y en ADP.

Se aclara que para los casos de argentinos naturalizados se deberá tener en cuenta que: 1. Si reúne la cantidad de años para acreditar la residencia legal considerando su fecha de naturalización, según la prestación solicitada, no se requerirá la consulta previa en la web de la Dirección Nacional de Migraciones ni la presentación de un CERMI.

2. Si no reúne la cantidad de años para acreditar la residencia legal considerando su fecha de naturalización, según la prestación solicitada y no se encontraran registradas su fecha de ingreso al país y radicación en la web de la Dirección Nacional de Migraciones, se requerirá la presentación de un CERMI.

Si los datos que surgen de la Aplicación de la DNM no coinciden con los que constan en el DU de un extranjero o CERMI, resultan dudosos o no existen antecedentes, se debe informar que debe concurrir a la Dirección Nacional de Migraciones y gestionar un Certificado de Radicación (Admisión) actualizado. A excepción de los casos considerados en el punto 1 para argentino naturalizado.

" Una vez presentado el Certificado de Radicación (Admisión) actualizado, se deberá verificar en la aplicación la existencia de un trámite SACER, de acuerdo a las especificaciones del Anexo adjunto.

Asimismo, en caso de que la información obrante en el Certificado mencionado no se corresponda con la del DNI del titular, se le debe indicar que previamente a concurrir a ANSES deberá actualizar su DNI. En ningún caso se iniciará el beneficio.

Finalmente, se aclara que la verificación se debe efectuar a través de los operadores que cuenten con las claves de acceso otorgadas para este fin y de acuerdo a las instrucciones que se adjuntan como Anexo I.

"

hola me podrías informar cuánto tarda el certificado de migraciones? también quería saber si es obligatorio para una persona naturalizada con DNI hacer el tramite del certificado de migraciones?
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