Sucesión en Provincia de Buenos Aires. El cónyuge anciano y con demencia. Hay 3 hijos mayores de edad, casados, y con hijos cada uno de ellos. Hay 3 inmuebles que conforman la herencia. Uno de los hijos quiere cederele el 100% de sus derechos hereditarios únicamente a una de sus 3 hijas, para que está hija entre en la sucesión y en el acuerdo particionario. Acuerdo en el que se repartirían el acervo de la siguiente manera: un inmueble para la nieta/cesionaria, un inmueble para uno de los hijos, y el otro inmueble para otro de los hijos, y con derecho real de habitación para el heredero demente. Los herederos están de acuerdo en NO promover la insania del padre, para que salga rápido la sucesión, y no sea un trámite engorroso con la intervención de asesor de incapaces. Les parece posible este acuerdo particionario?. Hay dinero para escrituras de cesión de derechos y la de derecho de habitación, si el juzgado la exijiere acompañar con el acuerdo particionario.