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 #1232666  por MAUROABOGADO
 
Estimados amigos:

Les comento, tengo un cliente acusado de lesiones, amenazas, daños y resistencia, en CABA. Fui a ver el expediente y encontre que hay 2 hechos, uno el 18/09 y el otro el 28/09. En el primero lo acusan de daños a la casa de su ex y tambien amenazas. Solo hay una testigo del hecho. En el segundo hecho, su mujer lo acusa de lesiones y amenazas, aunque no concurrio al Cuerpo Medico para cotejarlas, pese a los llamados para asistir, y tampoco concurrio a ratificar en juzgado lo que denuncio en comisaria, pese que se la quiso contactar.
Despues de la feria tiene que declarar mi cliente, por supuesto afirma que tiene testigos que declararan lo contrario. Queria consejos de penalistas sobre la estrategia:

1) Tengo pensado despues de la indagatoria presentar testigos que declaren que mi cliente estaba en otro lado.
2) Si el fiscal pide procesamiento, tengo pensado oponerme y pedir sobreseimiento y subsidiariamente cambio de calificacion basado en que no se cotejaron las lesiones, ni los daños pueden atribuirsele, y solo quedaria las amenazas, cuales me permitirian pedirle algun beneficio tal como la suspension de juicio a prueba atento que, si bien mi cliente tenia antecedentes, los mismos datan del año 2006.

Alguien con conocimiento me puede decir si es viable? o sugerir alguna estrategia diferente? Escucho atentamente. Gracias por sus consejos.
 #1232918  por nicolasbaldino
 
MAUROABOGADO escribió: Jue, 03 Ene 2019, 18:03 Estimados amigos:

Les comento, tengo un cliente acusado de lesiones, amenazas, daños y resistencia, en CABA. Fui a ver el expediente y encontre que hay 2 hechos, uno el 18/09 y el otro el 28/09. En el primero lo acusan de daños a la casa de su ex y tambien amenazas. Solo hay una testigo del hecho. En el segundo hecho, su mujer lo acusa de lesiones y amenazas, aunque no concurrio al Cuerpo Medico para cotejarlas, pese a los llamados para asistir, y tampoco concurrio a ratificar en juzgado lo que denuncio en comisaria, pese que se la quiso contactar.
Despues de la feria tiene que declarar mi cliente, por supuesto afirma que tiene testigos que declararan lo contrario. Queria consejos de penalistas sobre la estrategia:

1) Tengo pensado despues de la indagatoria presentar testigos que declaren que mi cliente estaba en otro lado.
2) Si el fiscal pide procesamiento, tengo pensado oponerme y pedir sobreseimiento y subsidiariamente cambio de calificacion basado en que no se cotejaron las lesiones, ni los daños pueden atribuirsele, y solo quedaria las amenazas, cuales me permitirian pedirle algun beneficio tal como la suspension de juicio a prueba atento que, si bien mi cliente tenia antecedentes, los mismos datan del año 2006.

Alguien con conocimiento me puede decir si es viable? o sugerir alguna estrategia diferente? Escucho atentamente. Gracias por sus consejos.
Te respondo. Se tratan de dos causas distintas dado que son dos hechos distintos de violencia contra dos personas distintas y en dos días distintos. De modo que, no la hayan unificado por algún motivo (ver causales de unificación) son dos causas distintas. Me faltaría saber en el marco de que causa lo citan.

Otro tema es que no se si lo invitan a que se acerque a que realice una declaración espontanea o lo citan en el marco de una declaración indagatoria (entiendo que es en esta última, de modo que de seguro ya han recolectado alguna clase de prueba)

Si no hay ninguna prueba recolectada más allá de los dichos de la supuesta víctima te recomiendo que no declare. Si tienen prueba recolectada y quieres agregar o proponer la realización de alguna medida probatoria te sugiero que:
- Declare (si es que lo ves en capacidad de realizar dichas aclaraciones en el juzgado)
- Que presentes tu declaración por escrito y no de manera oral (si crees que es mejor expresarlo por escrito)
Como no conozco a tu cliente no podría realizar esta evaluación. Sin embargo, siempre recuerda que la indagatoria no es un medio de prueba sino que es un acto de defensa y como tal, el imputado tiene derecho a ejercerla de la manera que crea más conveniente (sea por escrito u oralmente, contestando o no preguntas); más allá de ciertas prácticas equivocas de algunos tribunales (cada vez menos).

Si el juez dispone el procesamiento, lo que te quedará será interponer un recurso de apelación.

Me llama mucho la atenciónlas fechas de los hechos y que no se encuentren prescritos (revisa esto y recuerdo que los únicos actos procesales que interrumpen la prescripción de la acción penal son: la comisión de otro delito; el llamado a indagatoria; el requerimiento de elevación a juicio; el auto de citación a juicio y la sentencia). Además no tienen plazo de caducidad para interponerla. Si adviertes que ya pasó el máximo de pena que establece el delito que se le imputa pide la prescripción de la acción penal.

Saludos
 #1232919  por nicolasbaldino
 
nicolasbaldino escribió: Vie, 11 Ene 2019, 00:55
MAUROABOGADO escribió: Jue, 03 Ene 2019, 18:03 Estimados amigos:

Les comento, tengo un cliente acusado de lesiones, amenazas, daños y resistencia, en CABA. Fui a ver el expediente y encontre que hay 2 hechos, uno el 18/09 y el otro el 28/09. En el primero lo acusan de daños a la casa de su ex y tambien amenazas. Solo hay una testigo del hecho. En el segundo hecho, su mujer lo acusa de lesiones y amenazas, aunque no concurrio al Cuerpo Medico para cotejarlas, pese a los llamados para asistir, y tampoco concurrio a ratificar en juzgado lo que denuncio en comisaria, pese que se la quiso contactar.
Despues de la feria tiene que declarar mi cliente, por supuesto afirma que tiene testigos que declararan lo contrario. Queria consejos de penalistas sobre la estrategia:

1) Tengo pensado despues de la indagatoria presentar testigos que declaren que mi cliente estaba en otro lado.
2) Si el fiscal pide procesamiento, tengo pensado oponerme y pedir sobreseimiento y subsidiariamente cambio de calificacion basado en que no se cotejaron las lesiones, ni los daños pueden atribuirsele, y solo quedaria las amenazas, cuales me permitirian pedirle algun beneficio tal como la suspension de juicio a prueba atento que, si bien mi cliente tenia antecedentes, los mismos datan del año 2006.

Alguien con conocimiento me puede decir si es viable? o sugerir alguna estrategia diferente? Escucho atentamente. Gracias por sus consejos.
Te respondo. Se tratan de dos causas distintas dado que son dos hechos distintos de violencia contra dos personas distintas y en dos días distintos. De modo que, no la hayan unificado por algún motivo (ver causales de unificación) son dos causas distintas. Me faltaría saber en el marco de que causa lo citan.

Otro tema es que no se si lo invitan a que se acerque a que realice una declaración espontanea o lo citan en el marco de una declaración indagatoria (entiendo que es en esta última, de modo que de seguro ya han recolectado alguna clase de prueba)

Si no hay ninguna prueba recolectada más allá de los dichos de la supuesta víctima te recomiendo que no declare. Si tienen prueba recolectada y quieres agregar o proponer la realización de alguna medida probatoria te sugiero que:
- Declare (si es que lo ves en capacidad de realizar dichas aclaraciones en el juzgado)
- Que presentes tu declaración por escrito y no de manera oral (si crees que es mejor expresarlo por escrito)
Como no conozco a tu cliente no podría realizar esta evaluación. Sin embargo, siempre recuerda que la indagatoria no es un medio de prueba sino que es un acto de defensa y como tal, el imputado tiene derecho a ejercerla de la manera que crea más conveniente (sea por escrito u oralmente, contestando o no preguntas); más allá de ciertas prácticas equivocas de algunos tribunales (cada vez menos).

Si el juez dispone el procesamiento, lo que te quedará será interponer un recurso de apelación.

Me llama mucho la atenciónlas fechas de los hechos y que no se encuentren prescritos (revisa esto y recuerdo que los únicos actos procesales que interrumpen la prescripción de la acción penal son: la comisión de otro delito; el llamado a indagatoria; el requerimiento de elevación a juicio; el auto de citación a juicio y la sentencia). Además no tienen plazo de caducidad para interponerla. Si adviertes que ya pasó el máximo de pena que establece el delito que se le imputa pide la prescripción de la acción penal.

Saludos
Es decir, si desde el 2009 hasta la fecha (que lo citan a indagatoria) tienes un plazo transcurrido mayor al máximo de duración de la pena señalada para el delito, presenta un escrito pidiendo la prescripción.

Respecto a nuevos medios de prueba que quieras introducir te recomiendo que lo hagas en el mismo escrito que presentes para la indagatoria (es decir que hagas un escrito en donde des la versión de los hechos de tu cliente y ofrezcas pruebas).

La calificación no importa porque siempre es provisoria (de modo que de nada sirve pedir cambio de calificación), y además puedes pedir cambiarla solo en los casos en que tenga alguna relevancia hacerlo (como el cómputo del máximo de la pena o la pena en expectativa para pedir una suspensión del juicio a prueba) y siempre que los hechos objetos de la imputación no encuadren en el tipo penal. La falta de prueba de los hechos que relatas no justifica un "cambio de calificación", dado que esos hechos pueden encuadrar tranquilamente en los tipos penales que relatas (no conozco el caso).

Si no recolectan ninguna prueba pueden dictar la falta de mérito si lo indagan o archivarla. Si lo archivan ahí quedó hasta que prescriba, si el auto es por falta de mérito y no hay nueva prueba por generar te sugiero que pidas que se sobresea.

Si lo procesan te sugiero que lo impugnes (por medio de un recurso de apelación)
 #1233902  por MAUROABOGADO
 
Por favor disculpen, posiblemente fui yo quien se equivoco con las fechas, el 09 es el mes en que ocurrieron, y pasaron ambos hechos en el año 2018; es decir que no hay prescripcion. Las causas estan efectivamente unificadas, se lo cito a indagatoria y ademas, un dato no menos importante, es que la unica testigo del hecho 1 (lesiones) asistio "voluntariamente" a juzgado a desdecirse; razon por la cual, al menos en ese hecho, no hay prueba de lesion alguna. Sugerencias? Declara pasado mañana 7/2/2019
 #1233904  por DRalonso
 
POBRE INFELIZ PASADO MAÑANA

SI NO SABES PENAL, DEBERIAS TENER UN PROFESIONAL EXPERIMENTADO PARA LLEVAR EL CASO
 #1234375  por MAUROABOGADO
 
DRalonso escribió: Mar, 05 Feb 2019, 19:49 POBRE INFELIZ PASADO MAÑANA

SI NO SABES PENAL, DEBERIAS TENER UN PROFESIONAL EXPERIMENTADO PARA LLEVAR EL CASO

NO ES QUE NO SEPA PENAL, IGUAL ENTIENDO QUE NADIE NACE SABIENDO Y ES MI IDEA ACTUAR SOLO, A LO SUMO CONSULTANDO CON UN EXPERIMENTADO, PERO NO DANDOLE HONORARIO NI MUCHO MENOS. SI SE TRATA DE CONSULTAR ESTOY ABIERTO; SI SE TRATA QUE ES PROFESIONAL LLEVE MI CASO, DESDE YA NO.
 #1234380  por Tuiti
 
:roll:
 #1234383  por VictoriacredAR
 
MAUROABOGADO escribió: Jue, 14 Feb 2019, 11:27
DRalonso escribió: Mar, 05 Feb 2019, 19:49 POBRE INFELIZ PASADO MAÑANA

SI NO SABES PENAL, DEBERIAS TENER UN PROFESIONAL EXPERIMENTADO PARA LLEVAR EL CASO

NO ES QUE NO SEPA PENAL, IGUAL ENTIENDO QUE NADIE NACE SABIENDO Y ES MI IDEA ACTUAR SOLO, A LO SUMO CONSULTANDO CON UN EXPERIMENTADO, PERO NO DANDOLE HONORARIO NI MUCHO MENOS. SI SE TRATA DE CONSULTAR ESTOY ABIERTO; SI SE TRATA QUE ES PROFESIONAL LLEVE MI CASO, DESDE YA NO.
Hola Yo apoyo Estoy completamente de acuerdo con tu opinión.
 #1234425  por MAUROABOGADO
 
DRalonso escribió: Jue, 14 Feb 2019, 20:19 EL POBRE INFELIZ ¿QUEDO PROCESADO?
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Agradezco tu interes en saber si el "pobre infeliz" quedo procesado pero, si conoces el procedimiento penal Nacion, sabras que aun no transcurrio plazo suficiente para que haya una resolucion al respecto. Por supuesto que no considero que sea un "pobre infeliz", sino un cliente. Lamento que te refieras asi a las personas, pero bueno....saludos y gracias por tu importante aporte a la resolucion de esta causa.
 #1234475  por MAUROABOGADO
 
No pretendo discutir con vos porque sos un atrevido, y ademas claramente un cobarde. Si tenes algo que decirme podes hacerlo de frente, aunque dudo que lo hagas. Se nota que sos de los que se esconden detras de un teclado para agredir a la gente, y que ademas no sos abogado porque, si esperas que al "pobre infeliz" se le resuelva algo despues de una indagatoria el dia 7/2, evidentemente no leiste ni siquiera introduccion al derecho, fracasado.