Hola. Estoy yendome a vivir a un pueblo del interior y me pondre mi estudio juridico en el lugar que compre. El tema es que ademas, en el lugar, no existe inmobiliaria.. Puedo asociarme con un martillero para que me de la firma simplemente y poner la inmo en el mismo lugar? Todas las tareas las haria yo, salvo cuando haya que firmar que vendria el martillero. Que tan expuesto estoy a sanciones y demas? Juicios? Gracias por las respuestas.
Si se trata de la Pcia. de Buenos Aires, rige la Ley 5.177, PROHIBICIONES
Art. 60, incs.:
9- Celebrar contratos de sociedad profesional con personas que no sean abogados o procuradores.
10- Celebrar contrato de sociedad con quienes no posean título de abogado o procurador, o integrar asociación o sociedad comercial que pueda tener por objeto exclusivo el ofrecimiento de servicios jurídicos. Sin embargo, el abogado o procurador podrá establecer formas asociativas no comerciales con otros profesionales universitarios, a través de la prestación de servicios con sentido interdisciplinario, siempre que ello no altere la independencia funcional e individualidad de la profesión y preserve la responsabilidad inherente a su calidad de profesional del derecho. En todos los casos deberá declarar la existencia de esa relación ante el Colegio Departamental respectivo.