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  • CONSULTA DIVORCIO NOTIFCACION IMPOSIBLE

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1232677  por adrianne
 
Estimados foristas Feliz AÑo!! Quería consultarles porque la verdad ya no sé que hacer . Tengo un divorcio en capital que no puedo notificar. Primero como sigue vivendo con la ex lo intenté notificar al trabajo. La oficial fue 2 veces y la 2da la atendió él en persona , así lo dió a entender la notificadora. No se notificó porque dijo q no trabajaba más, lo cual no es cierto porque es un restaurant de su propiedad.

Entonces decidí notificarlo a la casa y ahí empezó la odisea. Mandé cerca de 8 cédulas. Las últimas me ordenaron que se lleven a las 06.00 am para encontrar al tipo. Primero no había nadie que franquee el ingreso como ordenó el Juez, es un edificio de 2 deptos. y el vecino como el tipo es violento ni aparece. Una sola vez pudo ingresar y encontrarlo, pero como el tipo la amenazó y la insultó se fue y lo informó al juzgado, después se ordenó ir con la policía a las 06.00 am como ordenó el juzgado en una oportunidad se escapó y a partir de ahí nunca más. La oficial informó q hay un buzón x q debe estar HARTA COMO YO DE SEGUIR PIDIENDO y ella de ir. El juez no autoriza dejarla en el buzón quiere que la fije en la puerta de acceso al edificio x q es bajo responsabilidad y esto ES IMPOSIBLE. Les adelanto que yo manifesté todo lo q dijo la oficial porque sé q no leen pero no hay forma que entienda. Que me aconsejan que haga. Agradezco la ayuda. Adri
 #1232688  por adrianne
 
Hola!!! Si lo hice luego del fracaso de la primera notificación y como era el lugar de trabajo me dijeron No . Despues en su domicilio y me volvió a decir dos veces no q 1ero con hab de ds y hs despues con la fuerza publica desp si pero ahora q si o si lo tienen q fijar en puerta de acceso. Estoy muy cansada de tanta vuelta no se q hacer :evil:
 #1232855  por patrysalas
 
oficio camara electoral el domicilio q te envian solicitas q se lo notifique bajo responsabilidad de acuerdo al art. del cod civ y com. ARTICULO 76.-Domicilio ignorado. La persona cuyo domicilio no es conocido lo tiene en el lugar donde se encuentra; y si éste también se ignora en el último domicilio conocido.
 #1232856  por DRalonso
 
CON ESE PROCEDIMIENTO VAS A ESTAR MEDIO AÑO MAS

ES INCREIBLE QUE NOTIFICACION AL REAL (GRAVE ERROR PEDIR 1º NOTIFICAR ALGO PERSONALISIMO AL LABORAL, HUBIERAS CONSULTADO ANTES DE HACERLO) BAJO RESPONSABILIDAD DE LA PARTE ACTORA NO FUNCIONARA
 #1232858  por DRalonso
 
BAJA A LA TIERRA: ¿Y TODO EL TIEMPO DESPUES CON NOTIFICACIONES INUTILES?

ESOS DOMICILIOS CASI NUNCA SON LOS ACTUALIZADOS, Y MAS CON ESTE PAJARITO VOLADOR
 #1233087  por Monig
 
Qué fácil eludir responsabilidades en la justicia argentina!!! te niegas a notificarte y listo???? No es que con el nuevo código el juez dejó de ser el Juez de la subsunción para ser el juez de la ponderación???? qué es lo justo??? permitir y, ergo, alimentar actitudes evasivas de las partes???
 #1233088  por adrianne
 
Buenas tardes cómo están? Quería comentarles que la notificación excepcional al lugar de trabajo, la hice porque previamente lo consulté en el juzgado y me dijeron que la iban a ordenar porque ya tenían casos donde lo solicitaron y se les hizo lugar y que hay jurisprudencia al respecto.

Aclaro, que igualmente se hizo en forma personal y que quien la recibe es el demandado que es el dueño del restaurant.

El tema es que ya tengo ordenada la notificación bajo responsabilidad a su domicilio porque el demandado vive en la actualidad con la actora.
El problema es la imposibilidad de la notificadora de dejar la cédula porque va a las 06.00 am atiende el portero eléctrico y no le permite ingresar. En una oportunidad atendió la actora, la notificadora ingresó y el demandado la agredió, por eso empezó a ir con la policía pero ni así la recibió hasta se ha ido corriendo e insultando a todos. La notificadora informó que hay un buzón afuera porque la Jueza quiere que se la pegue en la puerta de acceso del depto. pero si no hay nadie en la casa, al ser solo dos deptos. si no hay nadie que abra la puerta de ingreso no puede cumplirlo y sigue ordenando se pegue en la puerta de acceso. Yo entiendo pero no voy a terminar mas así *flor* Gracias!!Adri
 #1233780  por DRalonso
 
ADRI: SI NO QUERES ESCRIBIR MAS CLARO Y CONCRETO, OLVIDAS QUE SOY ABOGADO, NO ADIVINO

¿PORQUE NO FUNCIONO?

¿LOCALIDAD JUICIO?

¿LOCALIDAD NOTIFICACION?

ADEMAS DE HABILITACION DIAS Y HORAS INHABILES ¿PEDISTE BAJO LA RESPONSABILIDAD DE TU PARTE?

¿SOS APODERADA O PATROCINANTE?

SALUDOS