Les plántelo el caso: habilitación de feria, más notificación de medida cautelar indicando a una Sra. Mayor (aprox. 75 años) que se abstenga de realizar actos de perturbación, hostigamiento e intimidación; como dato de color la denunciada tiene poco trato con la denunciante, no le ha remitido jamás un mensaje de te texto, ni tiene Facebook, ni ningún otro contacto. Ha tenido contacto en diciembre y asimismo ha tenido contacto en la última semana (es decir en enero) sólo en presencia de testigos, y en el marco de consulta con médicos psiquiatras y psicólogos para determinar si el hermano de la denunciada y padre de la denunciante debe estar internado o no en un neuropsiquiatrico (hay expediente por art 42), por supuesto la Sra. denunciada nunca jamás hostigó, perturbó o intimidó. Se debe contestar la cautelar? En qué plazo? Se debe pedir formal traslado de la denuncia o la demanda? Qué consecuencias tiene para la denunciante este claro abuso del derecho y está clara denuncia falsa? La OVD lo calificó como de bajo riesgos. La Sra. Denunciada es También es enferma oncologica y esta situación le produce una real angustia. GRACIAS