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  • Multa por luces en Córdoba

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 #1233341  por AndresMill
 
Buenas tardes. La semana pasada me labraron un acta en la provincia de Córdoba (RN157) por circular con las luces bajas apagadas. Le expliqué al agente que se hizo una modificación en la ley nacional a fines del 2017 (Ley de Tránsito – Ley 27425 Modificación. Ley N° 24.449. 22/12/2017) que especifica que se puede circular con las bajas o DRL:
"Artículo 47: Uso de las luces. En la vía pública los vehículos deben ajustarse a lo dispuesto en los artículos 31 y 32 y encender sus luces observando las siguientes reglas:

a) Luces bajas o luces diurnas (sistema DRL: Day Time Running Light): mientras el vehículo transite por rutas nacionales, las luces bajas o las luces diurnas permanecerán encendidas, tanto de día como de noche, independientemente del grado de luz natural, o de las condiciones de visibilidad que se registren, excepto cuando corresponda la alta y en cruces ferroviales;"

Fui a hablar con el Defensor del Pueblo y me dijo que la resolución del conflicto depende del juzgado porque Córdoba elije no adherirse a ciertos puntos de la Ley Nacional.

Mis consultas son: Puede Córdoba elegir no acatar una Ley de jerarquía superior? Puedo tomar el argumento de jerarquías para evitar el pago? Alguno presentó un descargo por éste motivo con resultado positivo? Y finalmente, como estudiante de derecho, las horas que paso sentado estudiando constitucional sirven para algo o cada uno hace lo que quiere?