Hola, buen día, colegas tengo una consulta con respecto a un caso que tengo: es una ejecución de expensas de un consorcio contra mi cliente, el juicio fue iniciado en noviembre de 2018 y hasta la fecha no presento documental alguna ni corrió traslado. El juzgado le saco un previo solicitando que presente la documentación original y copias en su poder al otro día que lo inicio. Bien leyendo el código procesal en la parte de la demanda claramente los arts. dicen que con la interposición de la Demanda debe adjuntarse toda la documental que se tenga. El art. que sigue dice que para el caso de no tenerla en ese momento debe consignar donde esta específicamente...etc. El tercer art. específicamente habla de adjuntar documental luego pero como hecho nuevo y en todo momento es claro que la oportunidad procesal para adjuntar la prueba documental es con la interposición de la Demanda y que luego no puede adjuntarse (se pierde la oportunidad procesal, salvo las excepciones antes mencionadas).
Bien mi duda es el plazo para cumplir con el proveído y el plazo que tiene para adjuntar la prueba documental a la que hace mención dicho previo. Si no leí mal son 5 días hábiles o puede hacerlo en cualquier momento? dejando aclarado que todavía no corrieron el traslado pero que desde que interpuso la Demanda han pasado 3 meses generando intereses y por ende un daño a mi cliente que tiene voluntad de pago pero que el consorcio no quiere cobrarle ya que la deuda se encuentra en juicio.
Bien mi duda es el plazo para cumplir con el proveído y el plazo que tiene para adjuntar la prueba documental a la que hace mención dicho previo. Si no leí mal son 5 días hábiles o puede hacerlo en cualquier momento? dejando aclarado que todavía no corrieron el traslado pero que desde que interpuso la Demanda han pasado 3 meses generando intereses y por ende un daño a mi cliente que tiene voluntad de pago pero que el consorcio no quiere cobrarle ya que la deuda se encuentra en juicio.