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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1233584  por MARIO1943
 
TENIA ENTENDIDO QUE LA UNICA MODIFICACION ERA LA INCOPATIBILIDAD CON TRABAJO EN RR.DD Y AUTONOMO
PERO AHORA SE AGREGA LO DEL SOCIOECONOMICO
Pero ahora, ANSES prohibió a los beneficiaros de PUAM seguir trabajando, anulando así su derecho de acceder a una jubilación mejor y de generar ingresos extras.

Entre otros cambios, y en forma previa al otorgamiento de la prestación, ANSES realizará evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales a fin de asegurar el acceso a las personas que presenten mayor vulnerabilidad social, y solo se permitirá que continúen como aportantes activos a los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que estén inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, o sea, a los adheridos al monotributo social
 #1233676  por fabidoc
 
Hola de donde surge?
 #1233680  por estudio2017
 
Si tal cual, los beneficiarios de la PUAM solo podran aportar a traves del monotributo social. Lo del socioeconomico si bien lo marcan todavia no lo aplican(esta semana hice varias puam).
Lo que si me remarcaron los iniciadores es que al momento de solicitar puam, no debe estar inscripto en nada(monotributo, autonomo, rd)
 #1233685  por MARIO1943
 
MENSUALMENTE A MI ME LLEGA POR MAIL MODIFICACIONES SOBRE JUBILACIONES Y PENSIONES, LO PASO COMPLETO
SURGE DE UNA PUBLICACION EN UN DIARIO, NO SE QUE GRADO DE CREDIBILIDAD TIENE, POR ESO ME LLAMO LA ATENCION NO HABERLA LEIDO ANTERIORMENTE EN LA MODIFICACION DE LA PUAM

Entrada nueva en Todo para jubilarse Jubilaciones y Pensiones


Nueva normativa que limita el acceso a la PUAM
por Maricel Besse

6251427895_c41376ddaa_zLa circular Nro. 78/18 de ANSES establece las “nuevas pautas” referidas a la prestación de la PUAM. En el punto 7 dice que “el goce de la PUAM es incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia o por cuenta propia”.

La PUAM es una prestación que otorga ANSES a las personas mayores de 65 años que no cuentan con suficientes años de aportes para acceder a una jubilación. El monto de la prestación es el 80% de la jubilación mínima. Hasta ahora los beneficiarios podían seguir trabajando hasta alcanzar los años requeridos de aportes para jubilarse y de esta manera pasar de ser beneficiarios de la PUAM a jubilados.

Pero ahora, ANSES prohibió a los beneficiaros de PUAM seguir trabajando, anulando así su derecho de acceder a una jubilación mejor y de generar ingresos extras.

Entre otros cambios, y en forma previa al otorgamiento de la prestación, ANSES realizará evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales a fin de asegurar el acceso a las personas que presenten mayor vulnerabilidad social, y solo se permitirá que continúen como aportantes activos a los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que estén inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, o sea, a los adheridos al monotributo social.

La PUAM es la “nueva pensión asistencial”, ya que reemplaza las moratorias previsionales que se usaban tradicionalmente para logran alcanzar a los 65 años de edad los 30 años de aportes requeridos por el ANSES.

A pesar de los cambios, se espera que el número de beneficiarios se eleve debido a la caducidad de la llamada “Nueva Moratoria”. Esto implica que un número importantísimo de potenciales beneficiarios de la jubilación ordinaria deban conformarse con una prestación menor, que no genera derechos a pensión por viudez, y que significa un magro 80% de la jubilación mínima.

Así, los nuevos jubilados solo contarán con la vieja moratoria previsional que seguirá vigente para completar sus aportes, Ley 24.476, que llega solo hasta 09/1993, y sortear nuevos y más requisitos para acceder a ella. Los futuros beneficiarios deberán cumplir con una evaluación patrimonial y socioeconómica lo cual hace aún más restrictivo el ingreso a dicha moratoria.
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Maricel Besse | 28/01/2019 en 21:54 | Etiquetas: anses, jubilaciones y pensiones, pension asistencial, pensiones no contributivas, PUAM | Categorías: AFIP, Amas de casa, ANSES, incompatibilidad jubilatoria, Incompatibilidad laboral, Jubilación, jubilación amas de casa, Moratoria ANSeS, Novedades Legislativas, Pensión universal, Previsional, PUAM, Trámites previsionales | URL: https://wp.me/prVn1-ub
 #1233713  por estudio2017
 
Te sumo una más Mario, está semana me dieron denegado un monotributo social de una persona que estaba ya cobrando Puam desde hace 4 meses pq dijeron que es incompatible con Puam. Gran desconocimiento tienen, se los refute con esa circular y estoy esperando la respuesta
 #1234034  por carloscapital
 
les agrego que uno que inicie figura en Estado 30 a la espera de información de Afip sobre actividad autonoma o de otras dependencias, hay que ver cuanto tiempo estaran parados