Buenas tardes,
Quedé estancada con una sucesión... una pareja que falleció y dejó como acervo una casa, son 3 hijos pero uno ya falleció (está acreditado), son 2. La hermana de mi cliente se fue a vivir a la casa que quedo como acervo al día siguiente q falleció su madre... no dejó entrar a su hermano... iniciamos sucesión, ella se presentó, se dictó declaratoria... en el expte de sucesión no se dio lugar al pedido de canon locativo... q vaya por la vía q corresponda dijeron... se solicitó audiencia a fin de reunir a las partes y acordar q hacer con propiedad... la hermana de mi cliente mas allá de alegar cosas q no hacían al caso... y habiendo intentado sin resultado previamente acordar qué y como hacer con la propiedad... se presenta en la audiencia diciendo que ella hizo un pasillo para q mi cliente acceda a la parte de atrás del terreno donde hay una construcción precaria q no se puede equiparar a la casa en donde ella con su flia se metió sin consultar ni abonar nada a su hermano... pasillo sin puerta, sin medidas reglamentarias, sin sobre piso, sin consultar, anulando caño de agua y gas que llegaban, cortando cables que proveían energía eléctrica... solo hay un medidor de cada cosa en en terreno y están en la casa que ella vive y en vida de padres se había hecho extensión a la construcción precaria de atrás... ahora ni eso... para solicitar servicio piden planos, escritura, etc q no se tiene. Solo está la declaratoria y la propiedad aún no se dividió... se propuso vender y no, se propuso que compre la parte de mi cliente y no, se propuso subdividir y solventar entre ambos y no... el camino lamentablemente es la partición judicial...
Consulta:
1. para iniciar el incidente de partición y/o canon locativo (para esto ultimo primero CD intimando pago de canon...) debo inscribir la declaratoria de herederos? (se presenta todos los formularios como para inscribir la propiedad del acervo?)
2. el incidente se presenta en la receptoria o mismo juzgado de la sucesión?
3. debo presentar ius y bono no?
Gracias!!!
Quedé estancada con una sucesión... una pareja que falleció y dejó como acervo una casa, son 3 hijos pero uno ya falleció (está acreditado), son 2. La hermana de mi cliente se fue a vivir a la casa que quedo como acervo al día siguiente q falleció su madre... no dejó entrar a su hermano... iniciamos sucesión, ella se presentó, se dictó declaratoria... en el expte de sucesión no se dio lugar al pedido de canon locativo... q vaya por la vía q corresponda dijeron... se solicitó audiencia a fin de reunir a las partes y acordar q hacer con propiedad... la hermana de mi cliente mas allá de alegar cosas q no hacían al caso... y habiendo intentado sin resultado previamente acordar qué y como hacer con la propiedad... se presenta en la audiencia diciendo que ella hizo un pasillo para q mi cliente acceda a la parte de atrás del terreno donde hay una construcción precaria q no se puede equiparar a la casa en donde ella con su flia se metió sin consultar ni abonar nada a su hermano... pasillo sin puerta, sin medidas reglamentarias, sin sobre piso, sin consultar, anulando caño de agua y gas que llegaban, cortando cables que proveían energía eléctrica... solo hay un medidor de cada cosa en en terreno y están en la casa que ella vive y en vida de padres se había hecho extensión a la construcción precaria de atrás... ahora ni eso... para solicitar servicio piden planos, escritura, etc q no se tiene. Solo está la declaratoria y la propiedad aún no se dividió... se propuso vender y no, se propuso que compre la parte de mi cliente y no, se propuso subdividir y solventar entre ambos y no... el camino lamentablemente es la partición judicial...
Consulta:
1. para iniciar el incidente de partición y/o canon locativo (para esto ultimo primero CD intimando pago de canon...) debo inscribir la declaratoria de herederos? (se presenta todos los formularios como para inscribir la propiedad del acervo?)
2. el incidente se presenta en la receptoria o mismo juzgado de la sucesión?
3. debo presentar ius y bono no?
Gracias!!!
Mónica