BUENAS TARDES COLEGAS, NECESITO CONSULTAR LO SIGUIENTE , MI CLIENTA TIENE SENTENCIA FIRME EN UN JUICIO DE AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA EN UN JUZGADO DE FAMILIA DE SAN MARTIN , SE ESTABLECIÓ DE CUOTA EN 2016 4500 PESOS INCREMENTÁNDOLO CADA CUATRO MESES , NOTIFICADO EL DEMANDADO NO LO PAGO NUNCA , PREGUNTO 1) LA EJECUCIÓN DE SENTENCIA , CON LA CORRESPONDIENTE LIQUIDACION ACTUALIZADA, LA TENGO QUE INICIAR POR INCIDENTE? 2) AL MOMENTO DE EFECTUARSE EL SECUESTRO DE LOS DOS BIENES REGISTRABLES A NOMBRE DEL DEMANDADO, TENIENDO EMBARGO TRABADO EN AMBOS , ES MEJOR CONTRATAR UNA GRÚA, O LA DEPOSITORIA PUEDE LLEVARSE LOS VEHÍCULOS AUTORIZANDO A ALGUIEN MAS , TENIENDO EN CUENTA QUE EL DEMANDADO PODRÍA NO QUERER ENTREGAR LOS PAPELES DEL AUTO, ADEMAS DEL SEGURO.
1) La vía correspondiente es la ejecucion de sentencia a través de un nuevo proceso.
El punto consultado en el 2) lo desconozco.