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  • SE SOLICITA LIBRAMIENTO DE OFICIO NOTIFICANDO QUE SENTENCIA SE HALLA FIRME Y CONSENTIDA ?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1235811  por mariairene
 
Estimados foristas, tengo que notificar por oficio que la sentencia se halla firme y consentida a los fines que pase a liquidación, se que el oficio se hace en los términos del art. 400 pero pregunto lo mismo hace falta peticionarlo al juzgado para poder transcribir el auto. Muchisimas gracias por su respuesta.
 #1235945  por alejandra01
 
ahh..justo estoy esperando uno de cámara Lucky...El 1 fue una tortura para mì, con los dos juicios que tuve allí mis clientes no pudieron ver un peso porque fallecieron de tanto que tardaron en resolverlo. Un desastre. Así que cuando llegue ya se que debo pedir entonces que se notifique que la sentencia quedó firme ?y obvio pediré se libre oficio por secretaría.
lucky escribió: Mar, 12 Mar 2019, 22:27 Agrego algo: depende de qué juzgado es.
Por ej el 1 hace el oficio y vos lo tenés que diligenciar. El 7 notifica por cédula al abogado apoderado y considera que los 120 días se cuentan desde esta notificación. No ordena oficio.
 #1236085  por lucky
 
Si, eran 3 herederos y después de dos o tres intimaciones se embargó.
Y después se reclamaron los intereses entre la fecha de corte de la liquidación y la fecha de traba del embargo. También salió favorable.
La macana de este juzgado es que concede la apelacion de Anses contra la resolución que aprueba la liquidación. Y ahí se pierden varios meses.