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  • Compatibilidad indemnización art 212 LCT y multas leyes 24013 y 25323

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 #1235812  por vicky02
 
Estimados, detallo debajo el siguiente caso:
Una mujer, cajera de panadería con dos años en blanco y 4 mas en negro, tiene un ACV luego de una discusión con el dueño del local. Actualmente se encuentra en reserva de puesto con incapacidad absoluta. Su hija (mi clienta), quiere reclamar la indemnización.

La consulta es la siguiente: puedo intimar regularización laboral bajo apercibimiento de multas y de considerarse injuriada y despedida, conjuntamente con la intimación al pago de la indemnización prevista en el art. 212 4to. párrafo LCT??

Agradezco todos sus aportes. Saludos.
 #1235866  por vicky02
 
Gracias por la respuesta.
La madre tiene un 86% de incapacidad y no tiene capacidad para firmar documentos ni levantarse de la cama. Los unicos familiares que tiene son sus dos hijas. En el caso quién sería el legitimado para reclamar? y asimismo, serían compatibles ambos reclamos (art 212 LCT y multas por incorrecta registración)?
Gracias por sus aportes.
 #1235967  por sanjuanino
 
vicky02 escribió: Mié, 13 Mar 2019, 07:19 Gracias por la respuesta.
La madre tiene un 86% de incapacidad y no tiene capacidad para firmar documentos ni levantarse de la cama. Los unicos familiares que tiene son sus dos hijas. En el caso quién sería el legitimado para reclamar? y asimismo, serían compatibles ambos reclamos (art 212 LCT y multas por incorrecta registración)?
Gracias por sus aportes.
En principio no concuerdo con el colega Adrian. El procedimiento correcto sería primero declarar la incapacidad mediante procedimiento sumario de la madre, y ahí la hija si tendría la legitimacion correcta para actuar.
declarada la incapacidad, la hija si puede intimar a la correcta regularización conforme a lo estipulado en el art. 9 , 11 y 15 de la ley 24013. Esta indemnizacion no es compatible con el 212 de la LCT, pues tratan de cosas distintas y, en todo caso, no te conviene.
Le mando un gran abrazo
 #1236015  por sanjuanino
 
vicky02 escribió: Jue, 14 Mar 2019, 16:51 Gracias por la respuesta. Entonces, por lo que entendí, me conviene más hacer el reclamo por incorrecta registración que por el 212 LCT, para poder reclamar la antigüedad y las multas.

si vas a reclamar laboralmente si. Aunque en este caso habria que pensar si no le conviene a la sra. estudiar la posibilidad de una jubilacion por invalidez total