Hola grupo, buenas tardes, noches o día. Depende cuando lean esto.
Mi consulta es la siguiente. Tengo entrevista con un cliente que pretende hacer la CURATELA de su hermano mayor de edad, dado que al dirigirse a ANSES para hacer trámites, y es allí donde le informan que ella no puede hacer nada sin la curatela.
Entiendo que ahora se inicia en Prov. de Buenos Aires, como determinación de la capacidad jurídica. Mi pregunta surge porque ella cuando me llamó para coordinar una cita, me dice que la Asociación para personas con Síndrome de Down, le dicen que NO ES NECESARIA LA CURATELA. Esto, ¿Es así? Dice que hay una LEY, la cual no encontré más alla de algunas modificaciones en la jornada laboral y licencias por maternidad...
Y más allá de esto, se puede ir a ANSES de alguna forma para revertir este pedido de curatela?
GRACIAS INFINITAS
Mi consulta es la siguiente. Tengo entrevista con un cliente que pretende hacer la CURATELA de su hermano mayor de edad, dado que al dirigirse a ANSES para hacer trámites, y es allí donde le informan que ella no puede hacer nada sin la curatela.
Entiendo que ahora se inicia en Prov. de Buenos Aires, como determinación de la capacidad jurídica. Mi pregunta surge porque ella cuando me llamó para coordinar una cita, me dice que la Asociación para personas con Síndrome de Down, le dicen que NO ES NECESARIA LA CURATELA. Esto, ¿Es así? Dice que hay una LEY, la cual no encontré más alla de algunas modificaciones en la jornada laboral y licencias por maternidad...
Y más allá de esto, se puede ir a ANSES de alguna forma para revertir este pedido de curatela?
GRACIAS INFINITAS
V.A.S. Abogada