Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Necesito sus opiniones

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1236571  por olimpia
 
Hola gente:

El tema es el siguiente, se trata de una ejecucion de expensas de 2010, su juicio de repetición por el juicio de ejecutivo de 2013 (e incidente de beneficio para litigar sin gastos, jubilada, mi suegra).
Ahora bien, todos están en tramite.

Juicio ejecutivo 2010
El ejecutivo esta paralizado desde julio de 2018 dado que la nueva administración actual ( ya pasaron tres administraciónes desde el ejecutivo) no movió el expediente donde se ha impugnado las liquidaciones por anatocismo, interes compuesto; es más le hemos proporcionado todos los pagos que se realizaron hasta la actualidad, porque se paga las expensas mes a mes (como lo habíamos acordado con el primer administrador que fabrico el ejecutivo en la mediación del juicio de repetición)

Juicio de repeticion 2013
Este juicio que tuvo origen por el juicio ejecutivo; en la prueba contable el consorcio mediante la segunda administración saliente en 2016, reconoció que no existia deuda al momento de la interposición del ejecutivo, falta la pericia caligrafica para la clausura de la prueba.

Ahora en Abril de 2018, se inundo todo la unidad por la rotura de un caño en la unidad funcional arruinando paredes y pisos y hasta ahora hemos tenido paciencia para que lo arreglen; pero ayer hubo una asamblea extraordinaria y tengo entendido que no se trato sobre el tema.

Cabe destacar que, cuando asumió esta última administración -que no se ha presentado en ningún juicio- nos hemos reunido en agosto/18 para llegar a un acuerdo, (hemos presentado documentación de los pagos efectuados como ellos lo requirieron) pero hasta ahora nada.
Las liquidaciones son confeccionadas con interes sobre interes/interes compuesto/anatocismo (en el reglamento no dice nada sobre este tema y se inició el ejecutivo con la vigencia del viejo codigo civil).

La pregunta es la siguiente , ya ha pasado casi un año, como no quiero perjudicar al consorcio por la inactitud de los administradores y el consejo, iniciarian el juicio por daños y perjuicios????

Porque el arreglo de la unidad funcional no tiene nada que ver con los juicios en trámite y estos señores (por no decir otra cosa) a parte de no reconocer el perjuicio que ocasionaron con el juicio ejecutivo de 2010 (inoperancia) no quieren arreglar la unidad funcional en 2019.

Desde ya muchas gracias.

Oly
 #1236614  por olimpia
 
Si.

Quiero una opinión mas objetiva, dado que sería practicamente por derecho propio.

Porque es mi suegra la que vive en el edificio.
 #1236625  por DRalonso
 
DEBERIAS SER MAS HUMILDE SI ESTAS MANGUEANDO

¿QUE IMPIDE HACER MEDIACION POR DYP?
 #1236937  por olimpia
 
He observado que todos leen el post, pero no omiten ninguna opinión.

Tan díficil es el tema????