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Me encuentro con una demanda ejecutiva, en la que el actor acompaña copia certificada del pagaré, y dice que se lo guarda por cuestiones de seguridad. En el juzgado le proveen la demanda. La excepción de inhabilidad del título , en realidad es la ausencia del mismo, la pregunta es: Se puede acompañar posteriormente el título? Es subsanable?. Espero sus comentarios
Me encuentro con una demanda ejecutiva, en la que el actor acompaña copia certificada del pagaré, y dice que se lo guarda por cuestiones de seguridad. En el juzgado le proveen la demanda. La excepción de inhabilidad del título , en realidad es la ausencia del mismo, la pregunta es: Se puede acompañar posteriormente el título? Es subsanable?. Espero sus comentarios